Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil y Agraria nº STC7009-2019 de 5 de Junio de 2019 - Jurisprudencia - VLEX 791485325

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil y Agraria nº STC7009-2019 de 5 de Junio de 2019

Fecha05 Junio 2019
Número de expedienteT 1100122030002019-00676-01
EmisorSALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA

O.A.T. DUQUE

Magistrado ponente

STC7009-2019

Radicación nº 11001-22-03-000-2019-00676-01

(Aprobado en Sala de veintinueve de mayo de dos mil diecinueve)

Bogotá, D.C., cinco (5) de junio de dos mil diecinueve (2019).

Decide la Corte la impugnación del fallo de 3 de mayo de 2019 proferido por la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, que negó la tutela instaurada por R.J.V.C. contra el Juzgado veintiuno Civil del Circuito de esta ciudad, con vinculación de las partes e intervinientes en el divisorio radicado bajo el nº 34-2010-00181-00.

ANTECEDENTES
  1. La precursora reclamó la protección del debido proceso y «legalidad» y, en consecuencia pidió «(…) dejar sin valor y efecto el artículo segundo del auto de fecha 26 de septiembre de 2018 (…) y proceda a indicar el precio del derecho del demandante conforme a los valores contenidos en la actualización del avalúo incluido los de las mejoras reconocidas».

    Relató que M.A.T.B. le formuló el pleito reseñado; contestó la demanda y alegó el reconocimiento de las mejoras que se avaluaron en $486’444.000, aprobadas por el Juzgado Treinta y Cuatro Civil del Circuito (20 feb. 2013), y confirmadas por el Tribunal (8 nov. 2013).

    Reasignado el expediente al despacho encartado autorizó a las partes para que presentaran la «actualización del avalúo» (19 abr. 2017); lo que acató arrojando un valor de «$928’215.000 sic» lo que sumado a las «mejoras reconocidas», totalizó «$630’455.680,10 sic» a su favor; no obstante determinó el querellado que «el precio del derecho del demandante» correspondía a $464’107.500 equivalente al 50% del total del justiprecio (7 jun. 2018), lo que en su sentir le desconoce el derecho reconocido con anterioridad.

    Acudió en reposición y el «juzgado reconoció haberse equivocado, diciendo que las mejoras eran las aprobadas en auto de febrero de 2013», sin embargo «la suma que en últimas y antojadizamente me reconoce el Juzgado por mejoras es de $484’444.000, es decir, $2’000.000 menos del primer avalúo que fue de $486’444.000» (26 sep. 2018); instó aclaración pero fue rechazada por extemporánea (26 oct. 2018), y nuevamente atacó en «reposición» lo dispuesto que también resultó infructuoso (22 mar. 2019).

  2. El Juzgado Veintiuno Civil del Circuito luego de hacer el recuento de lo rituado dijo que «la objeción presentada contra la actualización del avalúo del inmueble y aprobado el mismo, se resolvió de fondo por auto...

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