Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 55359 de 26 de Junio de 2019 - Jurisprudencia - VLEX 796868845

Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 55359 de 26 de Junio de 2019

Fecha26 Junio 2019
Número de expediente55359
EmisorSala de Casación Penal



EYDER PATIÑO CABRERA

Magistrado ponente


AP2508-2019

Radicación n° 55.359

(Aprobado Acta No.155)


Bogotá D.C., veintiséis (26) de junio de dos mil diecinueve (2019).

MOTIVO DE LA DECISIÓN



Decide la Corte si es procedente admitir la demanda de casación presentada por el defensor de Olver Arrieta Chávez y L.G.L. contra la sentencia del 18 de diciembre de 2018 de la Sala Penal del Tribunal Superior de B., que confirmó la proferida el 4 de noviembre de 2016 por el Juzgado Tercero Penal del Circuito Especializado de la misma ciudad, mediante la cual los condenó, de manera anticipada, a título de autores del delito de concierto para delinquir agravado.



HECHOS Y ACTUACIÓN PROCESAL RELEVANTE



1. Los primeros fueron sintetizados por el juez plural en los siguientes términos:

La investigación tuvo génesis en la versión rendida por J.O.G. –alias “Taraza”-, exintegrante del frente W.S. del Bloque Central Bolívar de las Autodefensas Unidas de Colombia, quien confesó que durante el 2003 ese grupo al margen de la ley apoyó la elección de los candidatos L.G.L. y O.A.C. al Concejo Municipal de Puerto Wilches, para el período comprendido entre 2004 a 2007, mediante financiamiento de dinero, suministro de gasolina, refrigerios y organización de reuniones para obtener la simpatía de los votantes de distintas regiones, saliendo ambos electos y, por ende, se ordenó la compulsa de copias.1



2. El 13 de septiembre de 2010 la Fiscalía 25 Especializada de Bogotá profirió resolución de apertura de investigación previa2.


3. El 14 de agosto de 2015 se declaró formalmente abierta la instrucción y se dispuso la vinculación mediante indagatoria de Sandalio Durán Rojas, Leonel Gutiérrez Lagares, J.M.A.B., Olver Arrieta Chávez, P.A.D.R. y Amilcar Gualtero Martínez.3


4. La situación jurídica de Sandalio Durán Rojas, Leonel Gutiérrez Lagares y Olver Arrieta Chávez se definió con medida de aseguramiento de detención preventiva, en calidad de presuntos autores responsables del delito de concierto para delinquir agravado. Los restantes indagados no fueron afectados con la misma.4


5. El 14 de enero de 2016 Olver Arrieta Chávez y Leonel Gutiérrez Lagares suscribieron con la Fiscalía actas de formulación y aceptación de cargos5 y al día siguiente se les concedió la detención intramural por domiciliaria6.


6. El 24 de febrero posterior el Juzgado Tercero Penal del Circuito Especializado de B. avocó el conocimiento del asunto7.


7. En fallo del 4 de noviembre siguiente, el juez condenó a Olver Arrieta Chávez y Leonel Gutiérrez Lagares por el delito de concierto para delinquir agravado, razón por la que les impuso las penas principales de cuatro (4) años y dos (2) meses de prisión y multa en cuantía de mil ochocientos (1.800) salarios mínimos legales mensuales vigentes, así como la accesoria de inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por igual término que la sanción aflictiva de la libertad. Así mismo, les negó la suspensión condicional de la ejecución de la pena y la prisión domiciliaria y se abstuvo de condenarlos en perjuicios materiales y morales8.


8. Inconforme con el proveído de primera instancia, la defensa lo apeló9, y el 18 de diciembre de 2018 la Sala Penal del Tribunal Superior de B. lo confirmó10.


9. La defensa contractual interpuso11 y sustentó12 oportunamente el recurso extraordinario de casación.

10. El 7 de marzo de 2019, el Tribunal le concedió a los sentenciados la libertad provisional, con fundamento en los artículos 365.2 de la Ley 600 de 2000 y 64 de la Ley 599 de 200013.


LA DEMANDA


Tras identificar a los sujetos procesales y la sentencia impugnada, el defensor reproduce la cuestión fáctica como fue concebida por el ad quem, y compendia la actuación procesal, luego de lo cual postula dos cargos por la senda de la causal primera del...

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