Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 55783 de 31 de Julio de 2019 - Jurisprudencia - VLEX 801454689

Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 55783 de 31 de Julio de 2019

Sentido del falloASIGNA COMPETENCIA
Número de sentenciaAP3065-2019
Fecha31 Julio 2019
Número de expediente55783
Tribunal de OrigenJuzgado Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Tulúa
Tipo de procesoDEFINICIÓN DE COMPETENCIA
EmisorSala de Casación Penal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA





EYDER PATIÑO CABRERA

Magistrado ponente




AP3065-2019

Radicado Nº 55783

Acta 185



Bogotá, D., treinta y uno (31) de julio de dos mil diecinueve (2019).



MOTIVO DE LA DECISIÓN


Define la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, la competencia para conocer el proceso adelantado en contra de Luis Fernando Ayala Raigoza por el punible de fuga de presos.


ANTECEDENTES


1. El 1º de octubre de 2018, ante el Juez 4º Penal Municipal con Función de Control de Garantías de T., se realizó audiencia de legalización de captura, formulación de imputación e imposición de medida de aseguramiento en contra de Luis Fernando Ayala Raigoza por el delito de fuga de presos.


2. El 23 de noviembre de 2018, la Fiscalía 52 Local de la referida municipalidad radicó escrito de acusación contra de Ayala Raigoza por la referida conducta punible.


En el mencionado documento se reseñan el siguiente acontecer fáctico:


El día 30/09/2018, a las 14:11 horas, envían [a unos funcionarios de la policía de vigilancia] a conocer un caso en la carrera 40 con calle 28 C, barrio El J. de [T.], más exactamente en la empresa de Transporte Arauca, dónde se encontraban dos usuarios de esta empresa discutiendo. Al llegar al sitio indicado ubican a las dos personas en el conflicto y una de ellas, es identificada con el nombre de L.F.A.R. […] de Medellín, Antioquia y al verificar sus antecedentes en el dispositivo PDS figuró con detención domiciliaria en la carrera 44 A N.º 42 – 65, barrio San Diego de Medellín, Antioquia, por el delito de hurto calificado y agravado en tentativa

.


3. Formalizado el respectivo reparto, la actuación correspondió al Juzgado 2º Penal del Circuito de esa urbe, el cual programó la audiencia de formulación de acusación el 9 de julio de 20191.


En esa oportunidad, la Fiscalía impugnó la competencia de ese despacho porque, según pronunciamientos de la Corporación, la actuación debe ser conocida por los jueces penales del circuito en dónde el procesado estuviere cumpliendo con la medida restrictiva de la libertad, para el caso, en la ciudad de Medellín.


Descorrido el traslado de la manifestación, la defensa se mostró de acuerdo con los argumentos de la representante del ente acusador.


Por lo anterior, el titular, acorde con lo manifestado por las partes, remitió la actuación a la Corte Suprema de Justicia...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR