Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 54206 de 31 de Julio de 2019
Sentido del fallo | ABSTENERSE |
Número de sentencia | AP3054-2019 |
Número de expediente | 54206 |
Fecha | 31 Julio 2019 |
Tribunal de Origen | Tribunal Superior Sala Penal de Cartagena |
Tipo de proceso | REVISIÓN |
Emisor | Sala de Casación Penal |
JAIME HUMBERTO MORENO ACERO
Magistrado ponente
AP3054-2019
Radicación Nº 54206.
Acta 185.
Bogotá, D.C., treinta y uno (31) de julio de dos mil diecinueve (2019).
ASUNTO
La Sala se pronuncia sobre la procedencia del recurso de apelación interpuesto por el apoderado de MRPC, contra la decisión del 25 de septiembre de 2018, adoptada por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cartagena, de inadmitir la acción de revisión, presentada respecto del fallo del 15 de mayo de 2012, proferido por el Juzgado Segundo Penal del Circuito Adjunto de la misma ciudad.
ANTECEDENTES
1. Al amparo de la causal 3ª del artículo 220 de la Ley 600 de 2000, MRPC, a través de su defensor, promovió acción de revisión en contra de la sentencia proferida el 15 de mayo de 2012, dentro del radicado 00154-2011, tramitado por el Juzgado Segundo Penal del Circuito Adjunto de Cartagena de Indias, que la condenó por el delito de hurto agravado por la confianza, a 44 meses de prisión e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por el mismo término de la pena principal, y al pago de perjuicios materiales por la suma de $28.097.772.
2. Mediante auto de 25 de septiembre de 2018, la Sala Penal del Tribunal Superior de Cartagena de Indias, resolvió inadmitir la demanda, luego de constatar que i) no reunía los requisitos mínimos de admisibilidad, previstos en el artículo 222 del estatuto procedimental –Ley 600 de 2000-, en tanto, de los fundamentos fácticos en que se apoya la solicitud evidenció que se limita a criticar a la fiscalía y que incumple la carga de argumentación que se espera, ii) la única prueba, aparentemente novedosa, que propuso el demandante es la entrevista de L.P.L., sin que se alcance a evidenciar cómo de haber sido oportunamente conocida durante el debate ordinario del proceso, la solución habría sido la absolución de MRPC, sin descontar que el actor tampoco confrontó su contenido con el de los demás medios de convicción que tuvo en cuenta el fallador para condenar, y iii) no se anexó la constancia de ejecutoria, requisito sin el cual no puede establecerse con certeza si la decisión es pasible de revisión.
3. En el mismo auto inadmisorio, el Tribunal advirtió que contra la decisión adoptada procedía el recurso de apelación1.
4. El representante judicial de la procesada MRPC, presentó el...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba-
AUTO INTERLOCUTORIO de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 61072 del 16-03-2022
...HERNÁNDEZ BARBOSA HUGO QUINTERO BERNATE PATRICIA SALAZAR CUÉLLAR Nubia Yolanda Nova García Secretaria 1 En el mismo sentido CSJ AP3054-2019, 31 jul. 2019, rad. 54206. 2 Véase CSJ AP, 26 de febrero de 2002, rad. 19127....
-
OTROS de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 54206 del 29-07-2020
...la Sala Penal del Tribunal Superior de Cartagena de Indias. Apelada la decisión, la Corte se abstuvo de asumir su conocimiento mediante AP3054-2019. Agrega que al consultar su nombre en Google Chrome, verifica que aparece información de la decisión adoptada por la Corte. Así, en la página d......