Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 56516 de 7 de Noviembre de 2019 - Jurisprudencia - VLEX 826076649

Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 56516 de 7 de Noviembre de 2019

Sentido del falloCONFIRMA
Número de sentenciaAHP4839-2019
Fecha07 Noviembre 2019
Número de expediente56516
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Penal de Villavicencio
Tipo de procesoHÁBEAS CORPUS
EmisorSala de Casación Penal

República de Colombia






Corte Suprema de Justicia




JAIME HUMBERTO MORENO ACERO

Magistrado



AHP4839-2019

Radicación N° 56516



Bogotá D.C., siete (7) de noviembre de dos mil diecinueve (2019).



ASUNTO:



De conformidad con el artículo 7° de la Ley 1095 de 2006 resuelve el despacho la impugnación interpuesta contra la providencia del pasado 25 de octubre del año en curso, por medio de la cual un Magistrado del Tribunal Superior de Villavicencio denegó el amparo de habeas corpus demandado por José Eduardo Díaz Escobar y J.C.D..


ANTECEDENTES:


1. Por hechos ocurridos el 28 de agosto de 2014 en jurisdicción del municipio de Puerto Rico-Meta y a través de los ritos previstos en la Ley 906 de 2004, fueron sometidos a juicio José Eduardo Díaz Escobar y J.C.D., en relación con quienes se dispuso su privación de libertad en sesión del 25 de julio de 2018 luego de que se anunciara un sentido de fallo condenatorio.


2. De inmediato y de manera independiente, los mencionados ejercieron ante el Tribunal Superior de Villavicencio sendas acciones de habeas corpus por considerar vulnerado su derecho a la libertad en la medida en que no obstante venir gozando de la misma por vencimiento de términos, les había sido revocada sin que existiere elemento de juicio nuevo alguno.


Tales acciones les fueron resueltas adversamente en providencias del 10 de agosto de dicho año, esencialmente por considerarse que en el proceso penal contaban con los mecanismos necesarios e idóneos para solicitar su excarcelación.


3. A su turno, el despacho encargado del juicio, Juzgado Primero Penal del Circuito Especializado de Villavicencio, dictó sentencia el 25 de septiembre de 2018 para condenar a Jeferson Castaño Díaz a la pena principal de 552 meses de prisión, multa equivalente a 3.366,66 salarios mínimos mensuales legales e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por lapso de 240 meses como coautor de los punibles de concierto para delinquir agravado y desaparición forzada agravada en concurso homogéneo, así como a José Eduardo Díaz Escobar, también como coautor de un concurso homogéneo de punibles de desaparición forzada agravada, a la pena principal de 540 meses de prisión, multa por valor de 3.000 salarios mínimos mensuales legales e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por 240 meses, a la vez que les negó la concesión de cualquier subrogado penal.


Contra dicho fallo se interpuso el recurso de apelación, el cual aún no ha sido objeto de resolución.


4. En las anteriores condiciones, esta vez de manera conjunta, los sentenciados en mención, recluidos en establecimiento carcelario de Villavicencio, ejercieron, nuevamente ante el...

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