Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil y Agraria nº STC16147-2019 de 28 de Noviembre de 2019 - Jurisprudencia - VLEX 828320345

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil y Agraria nº STC16147-2019 de 28 de Noviembre de 2019

Número de expedienteT 1100102040002019-01883-01
Fecha28 Noviembre 2019
EmisorSALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA

L.A. RICO PUERTA

Magistrado Ponente

STC16147-2019

Radicación n.° 11001-02-04-000-2019-01883-01

(Aprobado en sesión de veintisiete de noviembre de dos mil diecinueve)

Bogotá, D.C., veintiocho (28) de noviembre de dos mil diecinueve (2019).

Decide la Corte la impugnación formulada frente a la sentencia proferida por la Sala de Casación Penal de esta Corporación el 15 de octubre de 2019, dentro de la acción de tutela promovida por F.J.T.J. contra la Sala Penal del Tribunal Superior de Distrito Judicial de Barranquilla.

ANTECEDENTES
  1. El solicitante a través de apoderado judicial, reclama la protección de las garantías fundamentales al debido proceso, defensa y acceso a la administración de justicia que considera vulneradas por la autoridad judicial convocada en el juicio penal que por los delitos de concierto para delinquir y corrupción de alimentos, productos médicos o material profiláctico agravado se sigue en su contra (radicado n. 2018-00822).

  2. En sustento de sus suplicas sostuvo que el 18 y 19 de abril de 2018, ante el despacho Veintidós Penal Municipal con funciones de control de Garantías de Barraquilla se llevaron a cabo las audiencias preliminares de legalización de captura, imputación de cargos, dentro de la cual, se allanó a los delitos endilgados por la Fiscalía General de la Nación y finalmente, se le impuso medida de aseguramiento privativa de la libertad en establecimiento carcelario.

    Agregó que, el Juzgado Segundo Penal del Circuito de esa misma ciudad, el 14 de febrero hogaño profirió sentencia condenatoria por los punibles referidos, y le impuso la pena principal de 68 meses de prisión, concediéndole el mecanismo sustitutivo de prisión domiciliaria de conformidad con lo señalado en el artículo 38 y 38b del Código Penal; la delegada del ente acusador apeló tal decisión.

    Manifestó que, el ad quem revocó el sustituto y en su lugar, ordenó su traslado a una penitenciaria, determinación que acusa por desconocer las normas vigentes, ya que, la domiciliaria le fue otorgada «por ser padre cabeza de familia», es decir, con base en el canon 314-5 del Código de Procedimiento Penal y por ello incoó recurso extraordinario de casación.

  3. Pidió que se revoque el fallo de segundo grado y en consecuencia, se restablezca su «derecho a seguir cumpliendo la pena en su lugar de residencia» (fls. 2 al 12, cd. 1).

    RESPUESTA DEL ACCIONADO Y VINCULADO

  4. El Juzgado Segundo Penal del Circuito de...

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