Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil y Agraria nº STC039-2020 de 15 de Enero de 2020 - Jurisprudencia - VLEX 839003781

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil y Agraria nº STC039-2020 de 15 de Enero de 2020

Fecha15 Enero 2020
Número de expedienteT 0800122130002019-00529-01
EmisorSALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA

L.A. RICO PUERTA

Magistrado Ponente

STC039-2020

Radicación n.° 08001-22-13-000-2019-00529-01

(Aprobado en sesión del quince de enero de dos mil veinte)

B.D.C., quince (15) de enero de dos mil veinte (2020).

Resuelve la Corte la impugnación formulada frente a la sentencia proferida por la Sala Civil Familia del Tribunal Superior de Barranquilla el pasado 20 de noviembre, dentro de la acción de tutela promovida por M.L.J.M. contra el Juzgado Quinto de Familia de la misma ciudad, que se hizo extensiva a las partes e intervinientes en el proceso 2019-00010.

ANTECEDENTES
  1. La accionante, actuando en su propio nombre, acude al presente mecanismo constitucional para reclamar la protección de los derechos fundamentales «al debido proceso, a la vida digna [y] a la igualdad [sic]».

  2. Relata que promovió demanda de fijación de cuota alimentaria para mayor de edad contra su cónyuge G.A.E.M., cuyo conocimiento correspondió al Juzgado Quinto de Familia de Barranquilla.

    Dice que solicitó «el embargo y retención del 40 % del salario y demás prestaciones sociales que devengue el demandado como empleado de la Armada Nacional y de la pensión, si llegare a pensionarse»; sin embargo, el despacho accionado, en fallo del pasado 10 de octubre, estableció la mesada «en cuantía del 65% del salario mínimo mensual legal vigente» y se abstuvo de ordenar directamente al pagador el descuento de dicha cantidad, disponiendo que su esposo la consignara mensualmente en la cuenta de depósitos judiciales.

  3. Solicita «se decrete la nulidad de lo actuado… y se deje sin efecto la sentencia» pues considera que se fijó una cuota con «base en un porcentaje que no es permitido por la ley» habida cuenta que no se tuvo en cuenta la capacidad económica demandado y «se ordene el embargo de salario prestaciones y demás emolumentos que reciba como empleado… y de su pensión si llegara a pensionarse [sic]» (fls. 1 a 57, cd. 1)

    RESPUESTAS DEL ACCIONADO Y VINCULADO

    El Juez Quinto de Familia de Barranquilla, luego de hacer un breve recuento del trámite procesal surtido, dijo que actuó «dentro del marco legal que rigen las demandas de fijación de cuota alimentaria para mayores… respetando el debido proceso y los derechos fundamentales de ambas partes» por lo que solicitó denegar el amparo pues no existe «fundamento alguno en la solicitud de tutela» (fl. 24, ibídem).

    FALLO DE PRIMERA INSTANCIA

    El Tribunal Superior...

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