Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil y Agraria nº T 4400122140002019-00115-01 de 15 de Enero de 2020
Fecha | 15 Enero 2020 |
Número de expediente | T 4400122140002019-00115-01 |
Emisor | SALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA |
OCTAVIO AUGUSTO TEJEIRO DUQUE
Magistrado ponente
Radicación n° 44001-22-14-000-2019-00115-01
(Aprobado en sesión de dieciséis de diciembre de dos mil diecinueve)
Bogotá, D.C., quince (15) de enero de dos mil veinte (2020).
1. Sería del caso resolver la impugnación formulada frente a la sentencia de 12 de noviembre de 2019, proferida por la Sala Civil Familia Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Riohacha, en la salvaguarda de E.P.E., F.J.M.P., Serelda Teresa Márquez Sierra, L.F.M.B., J.M.U., P.L. y Angélica Esther Maya Pimienta, R.S.R. y Nelson Gnecco Pimienta contra la «Defensoría del Pueblo- Fondo Para la Defensa de los derechos e intereses colectivos», extensiva a Promigas S.A.S., y al Ministerio de Minas y Energía, de no ser porque se advierte una causal de «nulidad» que afecta lo tramitado, según pasa a explicarse.
2. Los gestores pidieron la protección del debido proceso y de otras prebendas presuntamente quebrantados por los querellados y solicitaron que, en consecuencia, se le ordene a la Defensoría del Pueblo (Fondo para la Defensa de los Derechos e Intereses Colectivos) que «pague a las víctimas la indemnización que se consignó en el contrato de transacción celebrado entre víctimas y promigas S.A.S., el 25 de marzo de 2019, o que devuelva tales sumas a esa empresa para que ésta haga dicho desembolso».
3. En respaldo indicaron, en síntesis, que el Juzgado Administrativo Oral de Riohacha condenó a Promigas S.A. EPS y al Ministerio de Minas y Energía a resarcirles los perjuicios sufridos a raíz de la explosión ocurrida el 21 de octubre de 2016 en el gaseoducto Ballenas, ubicado en Riohacha (26 sep. 2014), lo cual fue confirmado en segunda instancia (25 may. 2017).
Agregaron que el 25 de marzo de 2019 realizaron una «transacción» con Promigas S.A. ESP., quien se comprometió a saldarles la mitad de la obligación impuesta, acordó desistir del recurso de revisión eventual cursante ante el Consejo de Estado y consignó dos mil doscientos ochenta y un millones ochocientos ochenta y ocho mil quinientos noventa y nueve pesos ($2.281.888.599) al Fondo para la Defensa e Intereses Colectivos de la Defensoría del Pueblo con el fin de que les fueran entregados, mientras que el Ministerio de Minas y Energía depositó dos mil quinientos millones de pesos ($2.500.000.000) con ese mismo propósito.
Por último, contaron que el Consejo de Estado revocó la directiva...
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