Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil y Agraria nº STC213-2020 de 23 de Enero de 2020 - Jurisprudencia - VLEX 839615495

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil y Agraria nº STC213-2020 de 23 de Enero de 2020

Fecha23 Enero 2020
Número de expedienteT 1100102030002019-04215-00
EmisorSALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA

O.A.T. DUQUE

Magistrado ponente

STC213-2020

Radicación nº 11001-02-03-000-2019-04215-00

(Aprobado en sesión de veintidós de enero dos mil veinte)

Bogotá, D.C., veintitrés (23) de enero de dos mil veinte (2020).

Se desata la salvaguarda interpuesta por M.L.S. contra los Juzgados Trece Civil Municipal, Tercero Civil Municipal de Ejecución de Sentencias y Segundo Civil del Circuito de Ejecución de Sentencias; extensiva a la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial y a los Juzgados Segundo Civil del Circuito y Tercero Civil del Circuito de Ejecución de Sentencias, todos de Cali, y a los intervinientes en el ejecutivo hipotecario número 76001400301320040043400 y en las tutelas 76001310300220180025600 y 76001340300120190006700

ANTECEDENTES
  1. - La accionante solicitó invalidar la sentencia que ordenó seguir la ejecución promovida en su contra y de J.A.C., por el Banco Granahorrar, y en su lugar, expide una nueva que se ajuste a los lineamientos trazados por la Corte Constitucional respecto de la «restructuración del crédito», que no se cumplió en su caso, y se devuelva la vivienda que fue rematada el 15 de noviembre de 2018.

    Por otro lado, criticó las decisiones emitidas en dos amparos que formuló con anterioridad a éste para conjurar la situación, empero, ambas avalaron el yerro denunciado.

  2. - El Juzgado Trece Civil Municipal de Cali informó que profirió «sentencia» en el coercitivo el 31 de octubre de 2014 y el 23 de febrero de 2015 lo remitió al Tercero Civil Municipal de Ejecución de Sentencias, a quien por ende, le corresponde «resolver cualquier solicitud que presente la parte demandada». Agregó que lo dilucidado en el pleito ha sido objeto de revisión superlativa en distintas ocasiones, sin éxito para los ejecutados.

    El Juzgado Segundo Civil del Circuito de Ejecución de Sentencias de Cali esgrimió que conoció en dos oportunidades, en segunda instancia, el juicio fustigado; «siendo resuelto el último recurso de apelación el 17 de julio de 2019 y el expediente remitido al juzgado de origen el 24 de julio siguiente».

    La Secretaría de la Sala Civil del Tribunal de Cali allegó copias digitalizadas de los «fallos de tutela» expedidos el 11 de diciembre de 2018 y 29 de agosto de 2019, en segundo grado, en las ayudas «2018-00256» y «2019-00067», de conocimiento de los Juzgados Segundo Civil del Circuito y Tercero Civil del Circuito de Ejecución de Sentencias, ambos de Cali...

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