Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal - Sala de Decisión de Tutelas nº T 108490 de 28 de Enero de 2020
Número de expediente | T 108490 |
Fecha | 28 Enero 2020 |
EUGENIO FERNÁNDEZ CARLIER
Magistrado Ponente
Radicación Nº 108490
Acta No. 016
Bogotá D.C., veintiocho (28) de enero de dos mil veinte (2020).
ASUNTO
Se pronuncia la Sala acerca de la impugnación formulada por el accionante HERNÁN ALONSO OSPINA RUBIANO, contra el fallo de 22 de noviembre de 2019, a través del cual la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellín le negó el amparo de su derecho fundamental de petición, presuntamente vulnerado por la Fiscalía 128 Seccional de la misma ciudad, en actuación que vinculó a la Fiscalía 2ª Seccional Especializada de Medellín.
PROBLEMA JURÍDICO A RESOLVER
Determinar si las autoridades accionadas vulneraron el derecho fundamental de HERNÁN ALONSO OSPINA RUBIANO al no pronunciarse de fondo sobre las solicitudes que elevó requiriendo información de las investigaciones que adelantaron en su contra, pues en su sentir fue juzgado dos veces por la misma conducta.
ANTECEDENTES PROCESALES
Mediante auto de 12 de noviembre de 2019 la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellín avocó conocimiento de la acción de tutela y ordenó correr traslado a la autoridad accionada con el fin de garantizarle su derecho de defensa y contradicción.
En atención a que la Fiscalía 128 Seccional adujo que la investigación con número de SPOA 050016000206200958551 se encontraba a cargo de la Fiscalía 2ª Seccional Especializada de la misma ciudad, el a quo dispuso su vinculación.
RESULTADOS PROBATORIOS
1. La Fiscalía 128 Seccional sostuvo que en su despacho se investigó al accionante HERNÁN ALONSO OSPINA RUBIANO por los delitos de homicidio agravado y porte ilegal de armas, siendo condenado en primera instancia por el Juzgado 26 Penal del Circuito, decisión confirmada por el Tribunal Superior de Medellín.
Indicó que el actor ha presentado múltiples peticiones y acciones de tutela contra diferentes despachos judiciales, dando respuesta en cada uno de los que le ha correspondido. A su escrito anexó copia de los oficios de 12 de julio y 18 de octubre 20191 que ha dirigido a OSPINA RUBIANO en el sentido indicado.
Por otro lado, manifestó que la investigación con número de SPOA 050016000206200958551 se encontraba a cargo de la Fiscalía 2ª Seccional Especializada de Medellín y aunque no tiene acceso a la actuación, logró establecer que el actor fue inicialmente investigado y condenado en primera instancia por el delito de desaparición forzada, no obstante, tal condena fue revocada por la Sala Penal del Tribunal Superior de Medellín.
2. La Fiscalía 2ª Seccional Especializada informó que realmente el SPOA 050016000206200958551 donde figura como último registro «sentencia absolutoria (ejecutoriada)» a favor del accionante, está a cargo del despacho...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba