Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal - Sala de Decisión de Tutelas nº STP989-2020 de 4 de Febrero de 2020 - Jurisprudencia - VLEX 840033884

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal - Sala de Decisión de Tutelas nº STP989-2020 de 4 de Febrero de 2020

Número de expedienteT 108816
Fecha04 Febrero 2020

P.S.C.

Magistrada ponente

STP989-2020 Radicación n°. 108816 Acta 21

Bogotá, D.C., cuatro (4) de febrero de dos mil veinte (2020).

VISTOS

Se pronuncia la Sala sobre la demanda de tutela instaurada por C.A.V., contra la SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE CALI, por la supuesta vulneración de sus derechos fundamentales. Al trámite fueron vinculados el JUZGADO SEXTO DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD de esa ciudad, la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL y todas las partes e intervinientes en el proceso de amparo con radicación 006 – 2019 – 00059 – 00.

ANTECEDENTES Y FUNDAMENTOS

  1. C.A.V. se inscribió a la Convocatoria 437 de 2017 para proveer cargos de carrera en la planta de personal de la alcaldía de Cali.

    Fue inadmitido por el incumplimiento de los requisitos necesarios para aspirar al empleo al cual se inscribió. Por tal razón acudió a la tutela, en aras de obtener la protección de sus derechos fundamentales, supuestamente lesionados por la Comisión Nacional del Servicio Civil.

    De aquél proceso conoció el Juzgado Sexto de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Cali, que mediante fallo del 20 de agosto de 2019 amparó sus derechos y le ordenó a la entidad accionada la expedición de un acto administrativo que le permitiera al entonces accionante continuar en el proceso de selección.

    Esa decisión fue impugnada por la CNSC. Mediante fallo del 26 de septiembre siguiente, la Sala Penal del Tribunal Superior de Cali revocó lo resuelto por el a quo y negó la tutela invocada.

  2. Acude C.A.V. a la extraordinaria vía de amparo. Expone que la providencia emitida por la citada Corporación lesionó sus garantías fundamentales de igualdad, acceso a la función pública, así como el mínimo vital y su derecho al trabajo.

    Luego de citar distintas decisiones de tutela que considera aplicables al caso concreto, pide que se ordene a la autoridad accionada que tenga en cuenta las certificaciones y la experiencia que acreditó para el cargo al cual se postuló y, por esa vía, que se revoque el fallo de tutela que negó sus garantías fundamentales.

    RESPUESTA DE LAS AUTORIDADES INVOLUCRADAS

  3. La Universidad Francisco de P.S., operador logístico de la Convocatoria 437 de 2017, indicó que carece de legitimación pasiva para intervenir en el presente asunto y los hechos objeto de amparo no tienen relación con sus actuaciones.

  4. La Sala Penal del Tribunal superior de Cali allegó copia de la decisión de...

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