Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal - Sala de Decisión de Tutelas nº T 108731 de 10 de Febrero de 2020
Fecha | 10 Febrero 2020 |
Número de expediente | T 108731 |
JOSÉ FRANCISCO ACUÑA VIZCAYA
Magistrado Ponente
R.icación n.° 108731
(Aprobación Acta No. 026)
Bogotá D.C., diez (10) febrero de dos mil veinte (2020)
Decide la Sala el recurso de impugnación interpuesto por Domingo José Barrios García, contra el fallo proferido por la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cartagena el 22 de noviembre de 2019, que concedió parcialmente el amparo formulado contra la Fiscalía 11 delegada ante los Jueces Penales del Circuito del Carmén de Bolívar.
El Juzgado Promiscuo del Circuito del C. Bolívar y los ciudadanos José Joaquín Barrios García, H.B.M., Pedro Antonio Arrieta Vásquez y G.E.S.G. fueron vinculados como terceros con interés legítimo en el asunto.
Y
FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN
Fueron recogidos en el fallo de tutela de primera instancia, en los siguientes términos:1
En procura de la protección de sus derechos fundamentales al debido proceso y acceso a la administración de justicia, el señor D.J.B.G. instauró acción de tutela contra la Fiscalía Seccional No. 11 de El Carmén de Bolívar. Las circunstancias fácticas que motivaron la presentación de la demanda son las siguientes:
El señor D.J.B.G. presentó denuncia contra J.J.B.G., H.B.M. y P.A.A.V., por los delitos de fraude procesal y concierto para delinquir.
La indagación fue asignada a la Fiscalía Seccional No. 11 de El Carmén de Bolívar, con el Código Único de Investigación No. 132446001117201701665.
El 07 de marzo del año en curso, el apoderado del accionante radicó solicitud para la práctica de una audiencia de suspensión y/o cancelación del poder dispositivo, cuyo conocimiento correspondió al Juzgado Segundo Promiscuo Municipal de El Carmén de Bolívar.
Pese a que el juez de control de garantías ha convocado oportunamente a las partes, con el propósito de practicar la diligencia, la misma se ha declarado fallida en múltiples oportunidades -26 de abril, 14 y 31 de mayo, 25 de junio, 11 de julio, 16 de agosto, 17 de septiembre y 22 de octubre hogaño-, debido a la inasistencia del Fiscal Seccional No. 11 de El Carmén de Bolívar.
Así mismo, ante esta última autoridad, el actor ha presentado dos peticiones relacionadas con la indagación, los días 20 de marzo de 2018 y 6 de julio de la corriente anualidad, sin embargo, a la fecha, la agencia instructora no ha emitido ningún pronunciamiento con respecto a las solicitudes. (Textual)
La Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cartagena, mediante decisión adoptada el 22 de noviembre de 2019, concedió parcialmente el amparo invocado por el...
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