Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 50472 de 26 de Febrero de 2020
Sentido del fallo | SOLICITA DEVOLUCIÓN |
Número de sentencia | AP644-2020 |
Número de expediente | 50472 |
Fecha | 26 Febrero 2020 |
Tribunal de Origen | Corte Suprema de Justicia Sala de Casación Penal |
Tipo de proceso | ÚNICA INSTANCIA |
Emisor | Sala de Casación Penal |
Radicación 50472
WHITMAN HERNEY PORRAS PÉREZ
EUGENIO FERNÁNDEZ CARLIER
Magistrado Ponente
AP644-2020
Radicación N° 50472
Acta. 44
Bogotá, D.C, veintiséis (26) de febrero de dos mil veinte (2020).
MOTIVO DE LA DECISIÓN
La Sala procede a adoptar una decisión conforme a lo resuelto por la Corte Constitucional en sentencia SU-373 de 2019.
ANTECEDENTES PROCESALES RELEVANTES
El 27 de agosto de 2008, el F. General de la Nación abrió formalmente investigación contra del aforado Whitman Herney Porras Pérez, por la suscripción de los convenios interadministrativos de cooperación Nos. 455 y 456 del 27 de diciembre de 2006, celebrados entre la Gobernación de Casanare de la que era titular y la Universidad de Pamplona, sin la observancia de los requisitos legales esenciales.
Vinculado mediante diligencia de indagatoria1, el 27 de diciembre de 2013, la F.ía Séptima ante esta Colegiatura definió la situación jurídica del procesado absteniéndose de imponerle medida de aseguramiento2, por los delitos de intervención en política, contrato sin requisitos legales, peculado por apropiación, prevaricato por omisión y tráfico de influencias de servidor público.
El 15 de marzo de 2017, después clausurado el ciclo instructivo3, la D. acusó a Porras Pérez, como presunto autor del ilícito de contrato sin cumplimento de requisitos legales en concurso homogéneo y sucesivo, acorde con los artículos 31 y 410 del Código Penal, con la circunstancia de mayor punibilidad prevista en el numeral 10º del artículo 58 Ibídem, por haber actuado en coparticipación criminal con el rector de la Universidad de Pamplona4 y precluyó la investigación por los delitos de peculado por apropiación, tráfico de influencias y prevaricato por omisión.
Contra la decisión, el defensor interpuso recurso de reposición y el 6 de junio 2017 el ente acusador mantuvo incólume la resolución acusatoria.
Iniciada la etapa de juzgamiento, el acusado manifestó, por escrito, su deseo de acogerse a la figura de la sentencia anticipada, lo que dio paso a que el 1º de agosto de 2017 se celebrara la correspondiente audiencia, en la que aceptó los cargos formulados.
El 21 de febrero de 2018, en sede de única instancia la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia profirió sentencia condenatoria en contra de Whitman Herney Porras Pérez, en calidad de autor responsable del delito de contrato sin cumplimiento de requisitos legales en concurso homogéneo y sucesivo, razón por la cual, le fue impuesta la pena principal de ciento quince (115) meses y diez (10) días de prisión, multa de 156 salarios mínimos legales mensuales vigentes, además de ciento quince (115) meses y diez (10) días de inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas.
Al sentenciado no le fue concedido mecanismos alguno sustitutivo de la privación de la libertad, por contera, se ordenó que, una vez cumpliera la pena que estaba descontando por cuenta de otro proceso, quedara a disposición del juzgado encargado de ejecutar la...
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