Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 57169 de 3 de Marzo de 2020 - Jurisprudencia - VLEX 841020874

Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 57169 de 3 de Marzo de 2020

Sentido del falloCONFIRMA
Número de sentenciaAHP738-2020
Fecha03 Marzo 2020
Número de expediente57169
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Penal de Antioquia
Tipo de procesoHÁBEAS CORPUS
EmisorSala de Casación Penal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA



JAIME HUMBERTO MORENO ACERO

Magistrado Ponente





AHP738 - 2020

R.icado n.° 57169




Bogotá, D.C., tres (03) de marzo de dos mil veinte (2020).




MOTIVO DE LA DECISIÓN




El Despacho resuelve la impugnación formulada por la señora Y.G.R. en contra de la providencia del 11 de febrero del año en curso, por medio de la cual un Magistrado de la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Antioquia negó la acción de habeas corpus que interpuso a nombre de JOSÉ WILFREDO MORALES VERGARA y en cuyo trámite se vinculó a la F.ía 165 Especializada de Caucasia, al Juzgado Primero Penal del Circuito Especializado de Antioquia, al Juzgado Penal del Circuito de Caucasia, el Centro de Servicios Administrativos de los Juzgados Penales del Circuito Especializados de Antioquia, Centro de Servicios Judiciales del Sistema Penal Acusatorio de Medellín, Establecimiento Penitenciario y C. El Pedregal de Medellín y la F.ía 20 Especializada de Antioquia.




A N T E C E D E N T E S




1. La señora Y.G.R., en representación de su compañero permanente JOSÉ WILFREDO MORALES VERGARA, impetró la acción pública al estimar que su confinamiento intramural se ha prolongado de manera ilegal, pues sostiene que fue detenido el 13 de agosto de 2019 por su presunta responsabilidad en el delito de concierto para delinquir, según lo dispuso la F.ía 165 Especializada de Caucasia, sin que a la fecha de interposición de la acción se hubiese presentado acusación o resuelto su situación jurídica.


2. Avocado el conocimiento del asunto y libradas las comunicaciones respectivas a las autoridades correspondientes, se pronunciaron así:


-El Centro de Servicios Administrativos de los Juzgados Penales del Circuito Especializados de Antioquia, indicó que una vez consultado el sistema de gestión Siglo XXI, aparece que en contra de MORALES VERGARA cursan dos actuaciones judiciales: i) radicado 2019 00037, por el delito de concierto para delinquir agravado, repartida al Juzgado Primero Penal del Circuito Especializado de Antioquia el 5 de diciembre de 2019, donde se agendó el 18 de marzo del año en curso para llevar a cabo la audiencia de formulación de acusación, y ii) radicado 2018 00042, por la misma conducta punible en concurso con la de fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego, accesorios, partes o municiones, repartida a ese estrado judicial el 11 de enero de 2019 en la que se encuentra «programada audiencia para el próximo 3 de marzo de los corrientes».1


-El Juzgado Primero Penal del Circuito Especializado de Antioquia, informó que la F.ía 64 Especializada de la Unidad contra Bandas Organizadas presentó escrito de acusación el 13 de diciembre de 2018, radicado 2018 000042, respecto de JOSÉ WILFREDO MORALES VERGARA y otros por el delito de concierto para delinquir agravado y contra el mencionado, adicionalmente, por fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego, accesorios, partes o municiones. Se dispuso para el 25 de abril de 2019 la audiencia de formulación de acusación, pero no pudo llevarse a cabo porque la F.ía solicitó aplazarla. Luego se fijó para el 21 de junio de ese año, oportunidad en la que no acudió la defensa pública.


Se programó como nueva fecha el 10 de octubre de 2019, no obstante, el defensor público designado manifestó su imposibilidad de asistir, fijándose el 29 de noviembre siguiente pero no se hicieron presentes ni la defensa ni la delegada de la F.ía. En consecuencia, se reprogramó la audiencia para el 3 de marzo de 2020, considerando...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR