Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº T 109588 de 10 de Marzo de 2020
Sentido del fallo | CONFIRMA NIEGA TUTELA |
Número de sentencia | STP2443-2020 |
Número de expediente | T 109588 |
Fecha | 10 Marzo 2020 |
Tribunal de Origen | Tribunal Superior Sala Penal de Tunja |
Tipo de proceso | ACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA |
Emisor | Sala de Casación Penal |
SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS #2
LUIS ANTONIO HERNÁNDEZ BARBOSA
Magistrado Ponente
STP2443-2020
R.icación #109588
Acta 054
Bogotá, D.C., diez (10) de marzo de dos mil veinte (2020).
VISTOS:
Resuelve la Corte la impugnación presentada por MIGUEL ÁNGEL VALENCIA TACUMA, por medio de apoderada, respecto de la sentencia proferida el 3 de febrero de 2020, por la Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Tunja, que negó por improcedente la acción de tutela interpuesta contra el Juzgado 5º de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de la misma ciudad.
FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN:
El 22 de octubre de 2010, el Juzgado 21 Penal del Circuito de Bogotá condenó a MIGUEL ÁNGEL VALENCIA TACUMA a la pena principal de 224 meses de prisión por los delitos de tentativa de homicidio agravado y hurto calificado agravado.
El 7 de noviembre de 2019, el Juzgado 5º de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Tunja, que vigila la pena impuesta, le negó el subrogado de libertad condicional, en atención al incumplimiento del factor subjetivo. Aunque no se dedujeron en el fallo circunstancias de mayor punibilidad y la pena se dosificó en el cuarto mínimo, para el despacho judicial la gravedad de las conductas atribuidas, se constituyeron en razón suficiente para no acceder a la sustitución de la pena.
La apoderada judicial del sentenciado apeló el proveído de manera extemporánea y el 6 de diciembre de 2019 presentó una nueva solicitud de libertad condicional. Por auto del 26 de diciembre de 2019, el juzgado accionado ordenó estarse a lo resuelto el 7 de noviembre de 2019.
Esta determinación, a juicio del demandante VALENCIA TACUMA, quebranta sus derechos al debido proceso, defensa y libertad, por cuanto el despacho no resolvió de fondo su solicitud y no tuvo en cuenta que lleva más de 10 años recluido en un establecimiento penitenciario.
Solicitó, por ende, que se ordene al juez de ejecución de penas que emita un pronunciamiento de fondo en relación con su última petición de libertad condicional.
TRÁMITE EN PRIMERA INSTANCIA:
El 29 de enero de 2020, la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Tunja admitió la acción de tutela, corrió el traslado correspondiente a la autoridad accionada y dispuso notificar la iniciación del trámite al sujeto activo y a su apoderada.
El Juzgado 5º de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Tunja...
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