Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 56279 de 11 de Marzo de 2020 - Jurisprudencia - VLEX 841301526

Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 56279 de 11 de Marzo de 2020

Sentido del falloDECRETA PRUEBAS
Número de sentenciaAP868-2020
Fecha11 Marzo 2020
Número de expediente56279
Tribunal de OrigenEstados Unidos de América
Tipo de procesoEXTRADICIÓN
EmisorSala de Casación Penal


JAIME HUMBERTO MORENO ACERO

Magistrado ponente


AP868-2020

Radicación No 56279

Aprobado Acta No. 60


Bogotá, D.C., once (11) de marzo de dos mil veinte (2020).


  1. VISTOS


Resuelve la Corte la solicitud probatoria de la apoderada de confianza de Margiee Vanessa Bonilla Rojas, ciudadana colombiana pedida en extradición por el Gobierno de los Estados Unidos de América1.


II. ANTECEDENTES


1. Mediante Nota Verbal 0254 del 21 de febrero de 20192, el Gobierno de los Estados Unidos de América, por conducto de su Embajada en Colombia, solicitó del Ministerio de Relaciones Exteriores la detención provisional con fines de extradición de la ciudadana colombiana Bonilla Rojas, quien es requerida para comparecer a juicio por delitos de tráfico de narcóticos y lavado de dinero, según la acusación sustitutiva nº 15-20461 CR-LENARD(s), dictada el 3 de agosto de 20183, por el Tribunal de los Estados Unidos para el Distrito Sur de La Florida.


2. Con base en tal requerimiento, el F. General de la Nación, a través de Resolución de 27 de febrero de 20194, ordenó la captura de Margiee Vanessa Bonilla Rojas, que se materializó el 19 de julio siguiente5.


3. La representación diplomática del Estado solicitante formalizó la petición de extradición, mediante la Nota Verbal No. 1478 del 16 de septiembre de 20196 y allegó la documentación traducida y legalizada.


4. A su vez el Ministerio de Relaciones Exteriores, por medio de oficio DIAJI nº 2415 del 16 de septiembre de 20197, dirigido al Ministerio de Justicia y del Derecho, conceptuó que entre la República de Colombia y el Gobierno de los Estados Unidos de América se encuentra vigente la «Convención de Naciones Unidas contra el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas» suscrita en Viena el 20 de diciembre de 1988. Así como, «La Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Trasnacional», adoptada en New York, el 27 de noviembre de 2000.


5. Por su parte, la Directora de Asuntos Internacionales del Ministerio de Justicia y del Derecho, con oficio MJD-OFI19-0028337-DAI-1100, del 23 de septiembre de 2019, remitió a esta Corporación la solicitud de extradición, junto con los documentos reunidos.


6. El 25 de septiembre de 2019, el Despacho dispuso requerir a Margiee Vanessa Bonilla Rojas para que designara apoderado que la representara dentro de la actuación.


7. Una vez la requerida nombró defensora de confianza principal y suplente, fueron reconocidas y se ordenó correr traslado a los intervinientes para peticiones de prueba, según lo previsto en el artículo 500 de la Ley 906 de 2004.



III. PETICIONES PROBATORIAS


1. La apoderada de confianza principal de la persona requerida en extradición, solicitó:


  1. Requerir copia del expediente 11001600001720131591700 que fue investigado por la F.ía 17 Especializada UNAIM y posteriormente estuvo en conocimiento del Juzgado 2º Penal del Circuito Especializado de esta ciudad, en donde resultó condenado Hugo Garzón Espitia, por los hechos a que se refiere el cargo número uno – Concierto para distribuir una sustancia ilícita – cocaína-. Señaló que lo peticionado tiene como finalidad determinar que se está en presencia al principio de COSA JUZGADA, pues en las diligencias referidas no fue vinculada ni como autora o partícipe Bonilla Rojas.


  1. Se realice valoración de la «declaración jurada» rendida por el Agente Especial BRIAN WILLIAMS de la Administración para el Control de Drogas, en cuanto indicó, respecto de la responsabilidad de Bonilla Rojas, que estuvo involucrada en «envíos ilícitos de drogas de Bogotá Colombia a la ciudad de México», para que se establezca el lugar desde el cual se considera cometida la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR