Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº T 87761 de 11 de Marzo de 2020 - Jurisprudencia - VLEX 841301529

Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº T 87761 de 11 de Marzo de 2020

Sentido del falloDECLARACIÓN DE NULIDAD
Tribunal de OrigenTRIBUNAL SUPERIOR SALA LABORAL DE BARRANQUILLA
Fecha11 Marzo 2020
Número de sentenciaATL312-2020
Número de expedienteT 87761
Tipo de procesoACLARACIÓN Y ADICIÓN DE TUTELA / SOLICITUD DE NULIDAD
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA


GERARDO BOTERO ZULUAGA

Magistrado ponente


ATL312-2020

Radicación n.° 87761

Acta 9


Bogotá, D. C., once (11) de marzo de dos mil veinte (2020).


Resuelve esta S. de la Corte las solicitudes de nulidad y adición de sentencia, propuestas contra la sentencia STL1522-2020, de fecha 12 de febrero de 2020, presentado por los señores LUIS EDUARDO DÍAZ CARVAJAL, R.C.V.E., M.A.A.S., L.P.C.T., W.M.R.E. y H.D.R.R..



  1. ANTECEDENTES


Jorge Arturo Rivera Tejada, quien adujo ser el apoderado de los señores L.E.D.C., R.C.B.E., M.A.A.S., Liliana Patricia Covas Terán, W.M.R.E., Héctor David Rosero Romero, instauró súplica constitucional contra la S. Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla, con el fin de obtener el resguardo de sus prerrogativas constitucionales al debido proceso y a la igualdad.


Con sentencia STL1522-2020, de fecha 12 de febrero de 2020, esta S. de Casación Laboral, confirmó la decisión del J. constitucional de primer grado, que negó la solicitud de amparo al advertir que el accionante carece de legitimación en la causa por activa, con fundamento lo siguiente:


De ahí que, visto el escrito contentivo de la acción constitucional impetrada por el abogado J.A.R.T., se advierte que la actuación que motivó la interposición de la presente tutela deviene de las actuaciones surtidas por parte del Juzgado Quinto Laboral del Circuito de Barranquilla, dentro del proceso ordinario laboral promovido por Luis Eduardo Díaz Carvajal, R.C.B.E., Mayra Alejandra Avendaño Sánchez, L.P.C.T., Wilmer Mauricio Rico Elizalde, H.D.R.R., contra Aerovías del Continente Americano, la Cooperativa de Trabajo Asociado –SERVICOPAVA y Misión Temporal, encontrándose de las actuaciones acompañadas como prueba a la presente acción, que quien interpone la queja, carece de legitimación por activa, toda vez que, no se encuentra que el doctor Jorge Arturo Rivera Tejada, sea parte dentro del proceso ordinario señalado, ni que a él se le hubiere hecho cesión de los derechos litigiosos allí controvertidos, por lo que, no teniendo la calidad de parte no puede alegar vulneración de los derechos fundamentales invocados, por no afectarlo a él, en su propia persona, las decisiones allí adoptadas.


Los señores L.E.D.C., R.C.V.E., M.A.A.S., Liliana Patricia Covas Terán, W.M.R.E. y Héctor David Rosero Romero, mediante escrito visto a folios 30 a 39, solicita la nulidad y adición de la sentencia STL1522-2020, pues aseguran que se les violentó el derecho al debido proceso, en razón a que aun cuando contra la sentencia de primer grado al interior de la presente acción de tutela, interpusieron impugnación contra la sentencia constitucional de primer grado, lo cierto es que el mismo no fue estudiado en la sentencia de segundo grado proferido por esta S. de Casación Laboral.


I.CONSIDERACIONES


Para efectos de resolver el asunto sometido a consideración, debe recordar la S., en primer término...

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