Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil y Agraria nº STC2969-2020 de 17 de Marzo de 2020 - Jurisprudencia - VLEX 841412718

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil y Agraria nº STC2969-2020 de 17 de Marzo de 2020

Número de expedienteT 1100102040002019-02444-01
Fecha17 Marzo 2020
EmisorSALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA

O.A.T. DUQUE

Magistrado ponente

STC2969-2020

Radicación nº 11001 02 04 000 2019 02444 01 (Aprobado en sesión de once de marzo de dos mil veinte)

Bogotá, D.C., diecisiete (17) de marzo de dos mil veinte (2020).

Se dirime la impugnación del fallo de 16 de enero de 2020 proferido por la Sala de Casación Penal de esta Corporación, en la tutela entablada por G.A.T.C. contra la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, extensiva a la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá y a los intervinientes en el decurso con radicado 2009-00124-01 (interno 108476).

ANTECEDENTES
  1. El accionante pretendió únicamente que se deje sin valor las decisiones que critica en el sentido de autorizar la indexación de las acreencias laborales a que tiene derecho.

    En ese marco, el contorno fáctico relevante se resume así:

    1.1 Demandó a la Compañía de Inversiones Flota Mercante S.A. y solidariamente a la Federación Nacional de Cafeteros para que le reconocieran y pagaran las prestaciones dejadas de percibir desde el 23 de septiembre de 1997 y el 30 de junio de 2008, en virtud de la terminación unilateral del contrato de trabajo.

    1.2 El Juzgado Veintinueve Adjunto Laboral de Bogotá accedió a la mayoría de las aspiraciones económicas del actor, debidamente «indexadas» (26 ag. 2011). Ambos extremos apelaron y la Sala Laboral del Tribunal Superior de este Distrito Judicial revocó lo atinente a la actualización monetaria, modificó unos aspectos y ratificó los otros (9 feb. 2012).

    1.3 Los dos bandos formularon recurso extraordinario y sólo prosperó un cargo relativo a la indemnización moratoria reclamada por el precursor; los demás fracasaron, incluido el destinado a insistir en la «indexación», porque las obligaciones se pactaron en «moneda extranjera», lo que hacía inviable dicha corrección dineraria (SL1177 de 2 ab. 2019, notificado el 13 de sep.).

  2. El promotor señaló que las autoridades pasaron por alto la depreciación diaria del «dinero» que va a recibir producto de las condenas, con lo que le transgredieron «los derechos al debido proceso, defensa, trabajo, mínimo vital», entre otros.

    Por ello, suplicó que se ordene a la Federación Nacional del Café «que le reconozca y pague todas las sumas ordenadas en las sentencias del juicio ordinario que dio lugar a esta acción constitucional de manera indexada».

  3. La...

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