AUTO de Corte Suprema de Justicia - SALA PLENA nº 110010230000201900823-00 del 05-12-2019
Sentido del fallo | DIRIME CONFLICTO - REMITE AL DESPACHO COMPETENTE |
Emisor | SALA PLENA |
Fecha | 05 Diciembre 2019 |
Número de expediente | 110010230000201900823-00 |
Tipo de proceso | CONFLICTO DE COMPETENCIA |
Número de sentencia | APL5269-2019 |
JOSÉ F.A.V.
Magistrado ponente
APL5269-2019
No. 110010230000201900823-00
Aprobado Acta nº 36N° 134
Bogotá, D.C., cinco (5) de diciembre de dos mil diecinueve (2019).
La Corte Suprema de Justicia resuelve el conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Cuarto Civil Municipal de Armenia (Quindío) y el Juzgado Promiscuo Municipal de Neira (Caldas), para conocer de la acción de tutela instaurada a través de apoderada por R.C.A. contra la Junta Nacional de Calificación de Invalidez.
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ANTECEDENTES
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Ante el «Juez de Tutela (Reparto)» de Armenia, el accionante formuló solicitud de amparo por la presunta vulneración de sus derechos fundamentales al debido proceso, seguridad social, vida en condiciones dignas, igualdad y al mínimo vital.
Según relató, debido a las diferentes enfermedades y patologías médicas que padece su poderdante, el Departamento de Medicina Laboral de Seguros de Vida Alfa S.A. le comunicó al Fondo de Pensiones Porvenir que al señor R.C.A. le dictaminó una pérdida de la capacidad laboral en un 35.88% estructurada el 19 de abril de 2018.
La Junta Regional de Calificación de Invalidez, en dictamen de 10 de julio de 2018, modificó el porcentaje y la estableció en 38.53%, el cual impugnó el accionante y el 28 de febrero de este año la Junta Nacional de Calificación de Invalidez estableció la pérdida de capacidad laboral en un 47.62%. No obstante lo anterior, aduce el accionante que «no se tuvo en cuenta la calificación de patología auditiva la cual fue sustentada con la historia clínica de otorrinolaringología y logo-audiometría cap.9. por el DR. VILLAMIZAR RUBIO DEL 30-07-2018 DX SORDERA PROFUNDA NEUROSENSORIAL BILATERAL CON PROBLEMAS DE COMUNICACIÓN, como tampoco se tuvo en cuenta el diagnostico de logo audiometría donde se diagnostica hipocusia bilateral sensorial severa y agudeza visual y DEPRESIÓN MAYOR HTA, DMII particular». (subrayado original del texto)
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El Juzgado Cuarto Civil Municipal de Armenia declaró su falta de competencia territorial al considerar que la presunta vulneración o amenaza a las garantías fundamentales se producen en Neira (Caldas) lugar de domicilio del accionante, de acuerdo con el informe visible a folio 181, a donde dispuso remitir el asunto.
El Juzgado Promiscuo Municipal de esta última sede territorial tampoco asumió el conocimiento y provocó la colisión negativa, luego de indicar que es atribución...
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