AUTO de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 107379 del 22-10-2019 - Jurisprudencia - VLEX 842275733

AUTO de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 107379 del 22-10-2019

Sentido del falloREMITE POR COMPETENCIA
EmisorSala de Casación Penal
Número de expedienteT 107379
Número de sentenciaATP1688-2019
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - PRIMERA INSTANCIA
Fecha22 Octubre 2019



EUGENIO FERNÁNDEZ CARLIER

Magistrado Ponente



ATP1688-2019

Radicación Nº 107379

Acta No. 279



Bogotá D.C., veintidós (22) de octubre de dos mil diecinueve (2019).



1. Decide la Sala sobre la admisibilidad de la demanda de tutela presentada por M.C.G.D. y LUIS FERNANDO RAMÍREZ MEDINA, contra el Director de la Unidad de Recursos Humanos de la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial, por la presunta vulneración de su derecho fundamental de petición.


2. Del escrito de la demanda se infiere que los accionantes consideran lesionado su derecho de petición, como quiera que el accionado no ha dado respuesta a las solicitudes presentadas el 28 de junio de 2019, a través de los cuales solicitan el reconocimiento y pago de manera proporcional de los cargos desempeñados durante el primer semestre del año 2019 en la Rama Judicial de la prima de productividad creada mediante el Decreto 2460 de 2006, modificado por el Decreto 38799 de 2008.


Por lo anterior, solicitan la intervención del juez constitucional a efectos de obtener el amparo del derecho fundamental invocado y, en consecuencia, se ordene al «doctor N.O.J. PEÑA en su calidad de DIRECTOR DE LA UNIDAD DE RECURSOS HUMANOS del CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA…absuelva de fondo, de forma clara, concreta y sin dilaciones, nuestra solicitud de reconocimiento y pago de manera proporcional a los cargos desempeñados durante el primer semestre del año 2019…».


3. La acción de tutela fue asignada por reparto al Juzgado Tercero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Neiva, H., despacho judicial que, mediante auto de 1º de octubre de 2019, se abstuvo de conocer la misma y la remitió por competencia a esta Corporación, dado que en su criterio, la demanda recae sobre el Consejo Superior de la Judicatura.


4. Por reparto correspondió a esta Sala de Decisión de Tutelas No. 1, conocer de la presente actuación, en la cual se advierte que la autoridad presuntamente vulneradora de los derechos fundamentales al debido proceso, igualdad y trabajo, invocados por M.C.G.D. y LUIS FERNANDO RAMÍREZ MEDINA, es la Unidad de Recursos Humanos que pertenece a la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial del Consejo Superior de la Judicatura.


Frente a la naturaleza jurídica de la entidad accionada, la Corte Constitucional ha señalado lo siguiente:


La Dirección Ejecutiva de Administración Judicial es un organismo de carácter nacional que, actúa en todo el territorio...

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