AUTO de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN CIVIL nº 73319-3103-002-2002-00002-01 del 21-09-2020 - Jurisprudencia - VLEX 851121357

AUTO de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN CIVIL nº 73319-3103-002-2002-00002-01 del 21-09-2020

Sentido del falloADMITE DEMANDA
EmisorSALA DE CASACIÓN CIVIL
Fecha21 Septiembre 2020
Número de sentenciaAC2336-2020
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Civil - Familia de Ibagué
Tipo de procesoRECURSO DE CASACIÓN
Número de expediente73319-3103-002-2002-00002-01
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA



AROLDO WILSON QUIROZ MONSALVO

Magistrado ponente


AC2336-2020

Radicación n.° 73319-3103-002-2002-00002-011


Bogotá, D.C., veintiuno (21) de septiembre de 2020.



Procede la Corte a resolver lo que corresponda frente a la admisión del recurso de casación de la radicación.


1. Por reunir los requisitos pertinentes, se admite el remedio extraordinario interpuesto por el apoderado judicial de hidroeléctrica de betania s.a. esp hoy emgesa s.a. esp frente a la sentencia de 29 de noviembre de 2019, proferida por el tribunal superior del distrito judicial de ibagué, sala civil-familia, dentro de los procesos acumulados que en su contra promovieron Luz Nelly Olarte de Guependo, E.U.B., José Rodrigo Tovar Coronado, H.M.P., A.S. de Torres, I.S.T., J.D.S.T., Sixta Helena Silvestre de D., L.A.S.T., C.J.M.N., José Aquimín Capera O., L.C.T.M., R.B.F., Luis Ernesto Trujillo Portela, L.A.T.C., B.T., M.D.B. de Yate, José Vicente Ortiz Aroca, J.E.G.L., L.I. de Peña, L.A.I.A., C.J.A.Y., Arturo Hernández, P.M.D., Eulogia Vera de O., C.Y. de Matoma, J.V.A., Edgar Zambrano Quintero, J.A.S., J.E.O., Á.M.A., V.M.A., Carlos Andrés Ortiz Narváez, J.L.S., Ismael T. Poloche, Á.V.C., Uriel Tole Izquierdo, J.S.O.M., Alberto A. Betancourt, M.E.A. de A., Laureano Preciado Soto, L.M.S., Abraham Murcia, A.R.Y., Antonio María D. Osorio, G.O. de Murcia, Ángel Antonio D. Leyton, A.I.P., A.T.S., José Adriano Torres Ibarra, D.L.A., Honorio C. Trujillo, M.L.A. de C., A.P., A.M.R.S., M.R. de R., J.R.G., Gustavo R. Guzmán, C.R.G., C.V.G., L.M.J. de R., P.R.H., M.E.L.M., R.T., Francisca Gómez de T., A.T., José Agustín Soto Escandón, B.N.M., Juan José Yara Narváez y G.O. de T..

2. En consecuencia, para los fines previstos en...

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