AUTO de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº 79055 del 04-11-2020 - Jurisprudencia - VLEX 852016480

AUTO de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº 79055 del 04-11-2020

Sentido del falloNIEGA CORRECCIÓN, ACLARACIÓN Y/O ADICIÓN
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
Fecha04 Noviembre 2020
Número de expediente79055
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Laboral de Santa Marta
Tipo de procesoRECURSO DE CASACIÓN
Número de sentenciaAL3022-2020
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA



CLARA C.D.Q.

Magistrada ponente



AL3022-2020

Radicación n.° 79055

Acta 41


Bogotá, D.C., cuatro (4) de noviembre de dos mil veinte (2020).


Procede la S. a resolver la solicitud de corrección de sentencia que presentó el apoderado de NICOLÁS ESTEBAN OROZCO en el proceso ordinario laboral que adelanta contra la ELECTRIFICADORA DEL CARIBE S.A. ESP - ELECTRICARIBE S.A. ESP.


  1. ANTECEDENTES


El citado actor demandó a Electricaribe S.A. ESP para que se le reconociera el reajuste pensional anual del 15% previsto en la Ley 4.ª de 1976, por remisión expresa del artículo 8.º de la convención colectiva de trabajo de 1985, y que se declare que su pensión convencional es compatible con la otorgada por el ISS, razón por la cual la accionada debe pagarle los valores que le retuvo desde el 1.° de marzo de 2003, fecha en la que decidió unilateralmente compartir la pensión con el ISS.


El Juzgado Cuarto Laboral del Circuito de S.M. profirió sentencia absolutoria que fue confirmada por el Tribunal Superior de ese mismo Distrito Judicial.


Esta Corporación mediante sentencia CSJ SL3650-2019 de 27 de agosto del mismo año, casó el fallo del ad quem y, previo a emitir condena en concreto ofició a la pasiva para que certificara la relación de mesadas pensionales pagadas al demandante desde el año 2003, lo cual cumplió E.S.E. y consta a folios 73 a 96 del cuaderno de la Corte. Con base en lo anterior, el 15 de julio de los cursantes esta S. profirió la sentencia de instancia CSJ SL2810-2020 en la que resolvió:


PRIMERO: REVOCAR PARCIALMENTE la sentencia proferida el 30 de julio de 2015 por el Juzgado Cuarto Laboral del Circuito de S.M., en cuanto absolvió a E.S.E. de reconocerle a Nicolás Esteban Orozco los reajustes pensionales y las mesadas dejadas de pagar desde marzo de 2003.


SEGUNDO: CONDENAR a la Electrificadora del Caribe S.A. ESP. - Electricaribe S.A. ESP. a pagarle a N.E.O. una mesada pensional para junio de 2019 por valor de $3.573.081,36, la suma de $90’325.971,74 por concepto de mesadas y reajustes pensionales insolutos causados hasta el 30 de junio de 2020, sin perjuicio de los que se llegaren a causar, junto con la indexación de tales valores a esa misma calenda, y la que se genere a la fecha de su pago efectivo.


TERCERO: DECLARAR parcialmente probada la excepción de prescripción de los saldos exigibles con anterioridad al 31 de enero de 2011.

CUARTO: CONFIRMAR...

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