AUTO INTERLOCUTORIO de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 55225 del 06-05-2019 - Jurisprudencia - VLEX 842150169

AUTO INTERLOCUTORIO de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 55225 del 06-05-2019

Sentido del falloCONFIRMA
EmisorSala de Casación Penal
Número de expediente55225
Fecha06 Mayo 2019
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Penal de Cúcuta
Tipo de procesoHÁBEAS CORPUS
Número de sentenciaAHP1609-2019





LUIS ANTONIO HERNÁNDEZ BARBOSA

Magistrado ponente





AHP1609-2019

R.icación No. 55225







Bogotá, D.C., seis (6) de mayo dos mil diecinueve (2019).







ASUNTO





Resuelve el despacho la impugnación presentada contra el fallo del 12 de abril de 2019, por medio del cual un Magistrado de la Sala Penal del Tribunal Superior de Cúcuta, negó la acción de habeas corpus invocada por el ciudadano Jorge Armando Cruz.









ANTECEDENTES PROCESALES

1. El 11 de abril del año en curso, J.A.C., quien se encuentra privado de la libertad en el Complejo Carcelario y Penitenciario Metropolitano de Cúcuta, invocó la acción de habeas corpus, debido a que, considera, ha cumplido los requisitos para acceder a la prisión domiciliaria.



2. Con ocasión del trámite impartido a la acción de amparo se tiene que J.A.C. fue condenado por el delito de homicidio, a 16 años y 10 meses de prisión, inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas y a la privación del derecho a la tenencia y porte de armas de fuego por igual término, en sentencia proferida el 1º de diciembre de 2005, por el Juzgado Segundo Penal del Circuito de B., por hechos acaecidos el 12 de marzo de 2004.



3. En providencia del 28 de diciembre de 2018, el Juzgado Cuarto de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de la ciudad en mención resolvió desfavorablemente la solicitud de prisión domiciliaria, tras considerar que el sentenciado no cumplía con el factor objetivo dispuesto en el artículo 38 G del C.P.



4. El 21 de febrero de 2019 el condenado solicitó, nuevamente, se estudiara la viabilidad de la concesión del subrogado, motivo por el cual, en auto del 25 de febrero siguiente, el juzgado de penas dispuso requerirlo para que precisara su arraigo social y familiar, requisito que fue atendido por la tía del sentenciado el 22 de marzo de 2019.



A continuación, dicha autoridad judicial ordenó comisionar a la Comisaría de Familia de Villa del Rosario (Norte de Santander) para que visite el inmueble relacionado en la petición, sin que, a la fecha, haya sido devuelta la comisión.



LA PROVIDENCIA RECURRIDA



Conoció de la anterior demanda un Magistrado de la Sala Penal del Tribunal Superior de Cúcuta quien, después de recaudar la información necesaria, profirió decisión el 12 de abril de 2019, denegando el amparo solicitado, tras considerar que el accionante se...

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