AUTO INTERLOCUTORIO de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 147 del 13-05-2020 - Jurisprudencia - VLEX 845370872

AUTO INTERLOCUTORIO de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 147 del 13-05-2020

Sentido del falloASIGNA COMPETENCIA
Tribunal de OrigenJuzgado Penal Municipal de Mocoa
EmisorSala de Casación Penal
Número de expediente147
Tipo de procesoDEFINICIÓN DE COMPETENCIA
Fecha13 Mayo 2020



FABIO OSPITIA GARZÓN

Magistrado Ponente



AP-2020

Definición de Competencia n° 147

Acta n° 96



Bogotá, D.C., trece (13) de mayo de dos mil veinte (2020)



VISTOS


La Corte se pronuncia respecto del incidente promovido por el Juez Tercero Penal Municipal con función de control de garantías de Mocoa (P., quien manifestó carecer de competencia para llevar a cabo audiencia preliminar de libertad por vencimiento de términos en la actuación seguida contra Hernando Guerrero López, por el delito de tráfico, fabricación o porte de estupefacientes.


ANTECEDENTES PROCESALES RELEVANTES


De la información que obra en la carpeta remitida a la Corte, se establece que Hernando Guerrero López se encuentra privado de la libertad en el establecimiento Penitenciario de Mediana Seguridad y Carcelario del Municipio de Pitalito (Huila), con ocasión de la actuación 8600161199247201980090, que se le adelanta por la conducta punible de tráfico, fabricación o porte de estupefacientes.


El defensor de Hernando Guerrero López radicó ante los Jueces Penales Municipales con función de garantías de Pitalito (Huila), reparto, solicitud de audiencia preliminar de libertad por vencimiento de términos (Ley 1786 de 2016). Efectuado el mismo, correspondió al Juzgado Segundo, asumir el conocimiento de la actuación.


El 16 de abril de la corriente anualidad, la funcionaria judicial, consideró que, aunque el procesado se encuentra recluido en la Cárcel de ese Circuito Judicial, no podía desconocerse que la situación de salubridad relacionada con el COVID 19, obligó a los despachos judiciales a laborar desde sus casas y a “utilizar los medios tecnológicos puestos a disposición, debiendo, incluso realizar audiencias virtuales”, razón por la que dispuso remitir las diligencias, por competencia, a su homologo, en la ciudad de Mocoa (P..


El Juzgado Tercero Penal Municipal con función de control de Garantías de Mocoa, a quien correspondió por reparto, mediante auto de sustanciación n.° 33, del 17 de abril de 2020, planteó conflicto negativo de competencia. En su criterio, la solicitud de audiencia preliminar para la obtención de la libertad por vencimiento de términos, que radicó el defensor, habilita el conocimiento de las diligencias en el juzgado de la municipalidad en la que el procesado se encuentra privado de la libertad, es decir, al de Pitalito (Huila).


En...

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