AUTO INTERLOCUTORIO de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 57818 del 29-07-2020 - Jurisprudencia - VLEX 847679564

AUTO INTERLOCUTORIO de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 57818 del 29-07-2020

Sentido del falloASIGNA COMPETENCIA
EmisorSala de Casación Penal
Número de expediente57818
Fecha29 Julio 2020
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Penal de Medellín
Tipo de procesoDEFINICIÓN DE COMPETENCIA
Número de sentenciaAP1819-2020

EscudosVerticales3

Eyder Patiño Cabrera Magistrado Ponente

AP1819-2020

Radicación n.° 1433/57818

(Aprobado Acta n.° 155)

Bogotá, D.C., veintinueve (29) de julio de dos mil veinte (2020).

MOTIVO DE LA DECISIÓN

La Sala define la competencia para conocer de la etapa de juzgamiento dentro del proceso adelantado contra Ó.D.R.Á., S.I.R.G., A.T.T., G.A.M.C., J.D.C.R., A. de J.H.G., J.A.C.G., L.J.P.M., J.B.J.M., O.M.G., G.R.L.C., S.A.B.R., V.M.G.R., J.M.C., L.F.A.P., J.J.P.M., L.G.Z.Z., J.A.G.R., R.R.G., J.M.D.P., J.C.V.O., R.A.C.R., J.R.P.S., R.D.A.N., F.I.R.C., C.A.N.M., E.A.C.G., E.J.R.C., A.R.B., C.C.Á.R., E.A.F.G., A.M.C.B., D.Á.C.L., E.J.H.O., D.D.E.B., J.C.C.S., A.M.A. y A.F.V.G., por la presunta comisión de los delitos de concierto para delinquir, abuso de confianza calificado, estafa agravada, constreñimiento ilegal, cohecho por dar u ofrecer, fuga de presos, uso de documento público falso, cohecho impropio, cohecho propio, destrucción, supresión y ocultamiento de documento privado, prevaricato por omisión, acceso abusivo a sistema informático, falsedad ideológica en documento público, concusión y tráfico de influencias.

ANTECEDENTES

1. De acuerdo con el escrito de acusación, a los procesados se les atribuye la comisión de los siguientes delitos, así:

  1. Concierto para delinquir[1].

Por hechos que sucedieron entre diciembre de 2016 y enero de 2020, en la ciudad de Medellín donde se concertaron para cometer delitos de manera indeterminada, con permanencia en el tiempo y en el espacio.

i. I. 3º del artículo 340 del Código Penal, contra S.A.B.R., A.D.J.H.G., J.B.J.M., O.M.G., L.J.P.M., G.R.L.C., J.A.C.G. y G.A.M.C..

ii. I. 1º de la referida norma, a A.T.T., J.C.C.S., O.D.R.Á., D.Á.C.L., R.A.C.R., D.D.E.B. y J.D.C.C..

b. Abuso de confianza calificado

En adversidad de los siguientes procesados, porque entre marzo de 2017 y enero de 2020 se apropiaron de varios automotores que se les había entregado por medio de un título no traslaticio del dominio, constituido en un acuerdo de concesión entre ellos y la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial, con el fin de custodiar los vehículos embargados y secuestrados en virtud de un mandato judicial.

Procesado

Lugares

S.A.B. Rivera

Medellín, S., Girardota y Bogotá

A. de J.H.G.

Medellín S. y Girardota.

J.B.J.M.

Medellín

L.J.P. Martínez

Girardota y Bogotá

G.R.L.C.

Medellín y S.

O.M.G.

Bogotá

J.A.C.G.

Medellín y S.

G.A.M.C.

Medellín

c. Estafa agravada

Entre diciembre de 2016 y enero de 2020, los procesados mediante artificios y engaños obtuvieron provecho ilícito de los compradores de buena fe, a quienes les vendieron los automóviles que fueron entregados por la Rama Judicial en virtud de las medidas cautelares de embargo y secuestro dictadas por las autoridades judiciales.

Procesado

Lugares

S.A.B. Rivera

Medellín y Bogotá

A. de J.H.G.

Medellín

J.B.J.M.

Medellín

L.J.P. Martínez

Bogotá

O.M.G.

Bogotá

G.A.M.C.

Medellín

d. Constreñimiento ilegal

El 9 de julio de 2019, en Medellín S.A.B.R., A. de J.H.G. y A.T.T., constriñeron al perito del vehículo de placas FQT865 para que omitiera el control y vigilancia que debía ejercer sobre el mismo.

e. Cohecho por dar u ofrecer

Del 7 de noviembre de 2018 al 20 de febrero de 2020, los acusados ofrecieron y dieron determinadas sumas de dinero a A. de la Policía y de Tránsito para que estos pusieran a su disposición los automotores retenidos por orden de embargo y en otros casos para que omitieran actos propios de sus cargos.

Procesado

Lugares

S.A.B. Rivera

S. y Medellín

A. de J.H.G.

S. y Medellín

A.T.T.

S. y Medellín

J.C.C.S.

S.

J.A.C.G.

S.

f. Fuga de presos.

Procesados

Lugares

S.A.B. Rivera y L.J.P. Rodríguez

Al ser encontrados en un lugar diferente al fijado para cumplir la medida de aseguramiento consistente en detención preventiva en su domicilio (Bogotá).

g. Fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego, accesorios, partes o municiones y Fabricación, tráfico y porte de armas, municiones de uso restringido, de uso privativo de las Fuerzas Armadas o explosivos[2].

h. Uso de documento público falso.

Procesado

Fecha

Lugar

Jhon Bayron Jiménez Madrid

5-04-2019

Medellín

J.A.C.G.

14-05-2019

S.

A.T.T.

3-05-2019

S.

i. Cohecho impropio

Los procesados en condición de miembros de la Policía Nacional, aceptaron el pago de determinada remuneración económica por realizar actos propios de su cargo.

Procesado

Fecha

Lugar

A.R.B.

23-04-2019

S.

A.M.C.B.

12-06-2019

Medellín

A.M.A.

21-11-2018

9-02-2019

Medellín

D.Á.C.L.

19-06-2019

Medellín

Cristián Camilo Álvarez Ruiz

26-05-2019

Medellín

D.D.E.B.

10-01-2019

15-01-2019

11-02-2019

20-02-2019

Medellín

E.J.R.C.

03-06-2019

Medellín

E.A.F.G.

27-12-2018

Medellín

E.J.H.O.

01-07-2019

Medellín

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