AUTO INTERLOCUTORIO de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 56601 del 26-08-2020 - Jurisprudencia - VLEX 849597059

AUTO INTERLOCUTORIO de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 56601 del 26-08-2020

Sentido del falloDECLARA FUNDADA LA CAUSAL DE IMPEDIMENTO
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Penal de Buga
EmisorSala de Casación Penal
Número de expediente56601
Tipo de procesoIMPEDIMENTO
Fecha26 Agosto 2020

EscudosVerticales3

P.S.C.

Magistrada Ponente

Radicación N° 56601

Acta 177

B.D.C., veintiséis (26) de agosto de dos mil veinte (2020).

VISTOS Y CONSIDERACIONES

1. Se pronuncia la Sala sobre la manifestación de impedimento que formuló el H.M.J.H.M.A..

2. Al amparo de la causal especial prevista en el art. 197 del Código de Procedimiento Penal (Ley 906 de 2004)[1], el H.M.J.H.M.A., expresó su impedimento para conocer y decidir sobre la demanda de revisión que instauró J.C.L.V., por cuenta de que integró la Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior de Buga, que mediante sentencia del 27 de octubre de 2009 confirmó el fallo condenatorio que el Juzgado 3º Penal del Circuito Especializado de esa ciudad emitió contra LUNA VARGAS y que ahora se ataca por la vía de la acción de revisión.

3. Es clara la configuración de la circunstancia impeditiva que el H. Magistrado formula para conocer de la demanda de revisión formulada por J.C.L.V., pues en verdad suscribió la sentencia del Tribunal Superior de Buga que es objeto de la acción de revisión.

En esas condiciones, se declarará fundado el impedimento y se dispondrá que sea separado del conocimiento del presente asunto.

Como no se desintegra el quorum decisorio, no se hace necesaria la designación de conjueces.

En mérito de lo expuesto, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, SALA DE CASACIÓN PENAL

RESUELVE

DECLARAR FUNDADO el impedimento formulado por el H.M.J.H.M.A.. En consecuencia, será separado del conocimiento del presente trámite.

C. y cúmplase.

P.S.C.

JOSÉ FRANCISCO ACUÑA VIZCAYA

GERSON CHAVERRA CASTRO

EUGENIO FERNÁNDEZ CARLIER

LUIS ANTONIO HERNÁNDEZ BARBOSA

FABIO OSPITIA GARZÓN

Excusa justificada

EYDER PATIÑO CABRERA

HUGO QUINTERO BERNATE

NUBIA YOLANDA NOVA GARCÍA

Secretaria


[1] ARTÍCULO 197. IMPEDIMENTO ESPECIAL. No podrá intervenir en el trámite y decisión de esta...

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