AUTO INTERLOCUTORIO de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 42104 del 25-11-2020 - Jurisprudencia - VLEX 852927092

AUTO INTERLOCUTORIO de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 42104 del 25-11-2020

Sentido del falloNIEGA SOLICITUD
EmisorSala de Casación Penal
Fecha25 Noviembre 2020
Número de expediente42104
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Penal de Antioquia
Tipo de procesoCASACIÓN
Número de sentenciaAP3265-2020




GERSON CHAVERRA CASTRO

Magistrado Ponente



AP3265-2020

R.icación n°. 42104

Acta No. 253



Bogotá D.C., veinticinco (25) de noviembre de dos mil veinte (2020).



ASUNTO


Se pronuncia la Sala sobre el recurso de «doble conformidad» presentado por los apoderados judiciales de Germán M.R., Henry Mauricio M.A. y Carolina C.T., en contra de la sentencia emitida por el Tribunal Superior de Distrito Judicial de Santa Rosa de Viterbo, autoridad que, en sede de segunda instancia, lo condenó como autor del delito de perturbación a certamen democrático.

ANTECEDENTES


1. El 28 de octubre de 2007, en el Municipio de Aquitania (Boyacá), frente al Colegio R.I.A., institución donde se efectuaba el conteo de votos, clausurada la jornada electoral para elegir gobernador, diputados, alcaldes y concejales, aproximadamente a las 6:55 de la tarde y al darse el primer boletín con resultados favorables para el candidato S.M.M., residentes se aglomeraron y protestaron, entre ellos, Henry Mauricio M.A., quien agitaba a la población y Carolina Chaparro Torres participaba con arengas.


Inmediatamente, ingresaron algunas personas violentamente al recinto, así Víctor Alejandro Del Prado Chaparro, S.R., O.C., H.M.B. y Orlando De Jesús Figueredo, quienes rompieron vidrios y puertas, dañaron pupitres y arrojaron botellas con líquido inflamable sobre los cubículos y urnas, incendiándose el salón de los claveros.


Fueron destrozados además los equipos dispuestos para la trasmisión de datos a la Registraduría y en la hoguera realizada en la cancha se arrojó material de las elecciones (votos, actas y formularios E-14 diligenciados), situación que impidió la terminación de la segunda fase de los escrutinios y obligó a su traslado a la ciudad de Tunja, en donde se culminó.


De igual forma, se presentaron desórdenes en el local dispuesto para el arca triclave en la carrera 7 No. 7-58, edificio Los Alisios, en donde participó Germán M.R., quien destruyó los vidrios del inmueble.


2. Iniciado proceso penal en contra de Germán M.R., Henry Mauricio M.A. y Carolina C.T.1, a quienes se les acusó de cometer los delitos de perturbación a certamen democrático, asonada y daño en bien ajeno, una vez se surtió el juicio oral y público, el Juzgado Primero Penal del Circuito de Duitama, en sentencia del 3 de febrero de 2010, los absolvió.


4. Apelada tal determinación por el delegado de la Fiscalía y el Representante del Ministerio...

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