AUTO INTERLOCUTORIO de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 48263 del 02-12-2020 - Jurisprudencia - VLEX 855398256

AUTO INTERLOCUTORIO de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 48263 del 02-12-2020

Sentido del falloCONCEDE RECURSO
EmisorSala de Casación Penal
Fecha02 Diciembre 2020
Número de expediente48263
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Penal de Ibagué
Tipo de procesoIMPUGNACIÓN ESPECIAL
Número de sentenciaAP3390-2020


FABIO OSPITIA GARZÓN

Magistrado Ponente



AP3390 - 2020

Casación No. 48263

Acta No. 257




Bogotá, D. C., dos (02) de diciembre de dos mil veinte (2020).




La Corte se pronuncia sobre la petición de impugnación especial elevada por CARLOS GONZÁLEZ SERNA, a través de apoderado, condenado por la S. Penal del Tribunal Superior de Ibagué mediante sentencia de segunda instancia del 25 de febrero de 2016, como autor responsable del delito de daño en los recursos naturales.




ANTECEDENTES PROCESALES RELEVANTES




1. El 14 de mayo de 2014, ante el Juzgado Segundo Penal del Circuito de Ibagué, se llevó a cabo audiencia de formulación de acusación contra CARLOS GONZÁLEZ SERNA por el delito de daño en los recursos naturales (artículo 331 del Código Penal).


2. En sentencia del 5 de mayo de 2015, el juzgado de conocimiento lo absolvió.


3. Apelado este fallo por la fiscalía, la S. Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Ibagué, mediante sentencia del 25 de febrero de 2016, revocó la absolución y, en su lugar, condenó a CARLOS GONZÁLEZ SERNA a las penas principales de tres años de prisión y multa de 2.475 salarios mínimos legales mensuales vigentes, y a la accesoria de inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por el mismo término que la pena privativa de la libertad, como autor del delito por el que fue acusado. Se le concedió la suspensión condicional de la ejecución de la pena.


4. Contra esa providencia el defensor del sentenciado interpuso y sustentó de manera oportuna el recurso extraordinario de casación.


5. En decisión AP6405 del 27 de septiembre de 2017, radicado 48263, la S. de Casación de esta Corporación inadmitió la demanda por falta de idoneidad formal y material.





6. En escrito del 3 de noviembre de 2020, el apoderado de CARLOS GONZÁLEZ SERNA solicita a la S. se le conceda la oportunidad de impugnar la sentencia condenatoria dictada en segunda instancia por el Tribunal Superior de Ibagué – S. Penal- el 25 de febrero de 2016, dado que cumple los requisitos señalados en la decisión AP2118-2020 de esta Corte.



CONSIDERACIONES



1. Al analizar los efectos de la sentencia SU-146 de 2020, dictada por la Corte Constitucional en sede de tutela, esta S., en auto del 3 de septiembre del año en curso, emitido en el radicado 34017 (CSJ AP 2118-2020), fijó algunas directrices para darle vigencia a la garantía de doble conformidad -no solo para aforados sino también tratándose de no aforados-, para cuya efectividad señaló las siguientes pautas, sistematizadas en las decisiones CSJ AP 2235-2020 (Rad. 46176) y...

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