AUTO INTERLOCUTORIO de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 37858 del 02-12-2020 - Jurisprudencia - VLEX 855686350

AUTO INTERLOCUTORIO de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 37858 del 02-12-2020

Sentido del falloNIEGA SOLICITUD
EmisorSala de Casación Penal
Número de expediente37858
Número de sentenciaAP3534-2020
Tribunal de OrigenCorte Suprema de Justicia Sala de Casación Penal
Tipo de procesoÚNICA INSTANCIA
Fecha02 Diciembre 2020


R.. 37.858

Única Instancia

Whitman Herney Porras Pérez



AP3534-2020

JOSÉ FRANCISCO ACUÑA VIZCAYA

Magistrado Ponente




Radicación No. 37.858

Acta No. 257



Bogotá, D.C., dos (02) de diciembre de dos mil veinte (2020)



VISTOS



Se procede a resolver sobre la solicitud presentada por Whitman Herney Porras Pérez - ex Gobernador del Casanare, en la que manifiesta le sea reconocido su derecho a la doble conformidad, en los términos de las sentencias C-792 de 2014, SU-146 de 2020 y SU-373 de 2019.


ANTECEDENTES FÁCTICOS Y PROCESALES


  1. Así los precisó la Fiscal General de la Nación en la resolución de acusación:

[…] Los hechos que dieron lugar a esta investigación corresponde, conforme a lo evidenciado por la Contraloría General de la República, Grupo de Gestión Pública a Instituciones Financieras, a las colocaciones que hiciera el departamento de Casanare durante los años 2006 y 2007, de recursos de excedentes de liquidez en patrimonios autónomos, bajo la figura contractual de oferta comercial de cesión de derechos de beneficio con pacto de readquisición, en contravía de lo dispuesto por la Ley 819 de 2003, artículo 17, inversión que autorizó el gobernador y ejecutó el tesorero, concretamente en las siguientes operaciones:


Con Green Mountaing Consulting, diez mil millones ($10.000.000.000,00); (ii) con C.B.A., tres mil millones ($3.000.000.000,00); (iii) en Cosacol, dieciocho mil millones de pesos ($18.000.000.000,00); (iv) en U.T. Likuen, veinticinco mil millones de pesos ($25.000.000.000); (v) en el consorcio Bogotá-Fusa cuatro mil millones de pesos ($4.000.000.000,00) y (vi) con Viaducto Muña, tres mil millones de pesos ($3.000.000.000,00). […]


Se advierte que dichas inversiones bajo modalidades no autorizadas en la ley, las que además no contaron con respaldo o garantía, afectaron el erario departamental al punto que a la fecha, no se ha logrado la recuperación plena de lo invertido.


Según informe 498882 del 11 de noviembre de 2009, presentado por funcionarios de policía judicial del C.T.I. de la Fiscalía, estas operaciones financieras totalizaron la suma de $63.000.000.000,00 de los cuales hasta esa fecha sólo había podido recuperarse $17.064.686.435, por lo que la pérdida patrimonial para el departamento en razón de estos hechos a esa fecha, ascendía a la suma de $45.935.313.5651.”


  1. Con fundamento en la información suministrada por la Contraloría General de la República y luego de adelantada la fase de indagación preliminar, el 12 de febrero de 2009 el Fiscal General de la Nación dispuso la apertura de formal investigación en contra del ex Gobernador de Casanare Whitman Herney Porras Pérez2, quien fue vinculado a la actuación mediante diligencia de indagatoria llevada a cabo el 16 de marzo siguiente.


  1. Por resolución del 21 de junio de 2011 le fue resuelta su situación jurídica con imposición de detención preventiva, como probable autor de los delitos de contrato sin el cumplimiento de requisitos legales, en concurso homogéneo y heterogéneo con los de peculado por apropiación3, la que se hizo efectiva el 28 de junio de la misma anualidad.


  1. La audiencia de juzgamiento tuvo lugar en diez sesiones, en desarrollo de las cuales se practicaron las pruebas decretadas, excepción hecha de las declaraciones de los representantes legales de GREEN MOUNTAING CONSULTING y COSACOL, como la del Secretario Jurídico de la Gobernación del Casanare, pues dadas las dificultades para su comparecencia los sujetos procesales que las solicitaron -defensor y apoderado de FIDUPETROL-, desistieron de su práctica.


  1. El 13 de marzo de 2013, la Corte Suprema de Justicia en Única Instancia condenó al procesado a 18 años y 6 meses de prisión, por haber sido hallado responsable de los delitos de celebración de contratos sin cumplimiento de requisitos y peculado por apropiación.


  1. Frente a dicha determinación el 25 de mayo de 2016, Whitman Herney Porras Pérez solicitó impugnación especial, la cual le fue denegada en AP3280- 2016.


FUNDAMENTOS DE LA SOLICITUD


  1. En escrito allegado a la Secretaría de la Sala de Casación Penal el 20 de noviembre de 2020, el peticionario expresa que debe beneficiarse del marco fáctico de las sentencias de la Corte Constitucional C-792 de 2014 y SU-146 de 2020, en las cuales se resolvió que, quienes habían sido condenados en única instancia, podían acceder a una apelación de su condena.


  1. ...

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