AUTO INTERLOCUTORIO de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 56483 del 09-12-2020
Sentido del fallo | ACEPTAR EL IMPEDIMENTO |
Emisor | Sala de Casación Penal |
Fecha | 09 Diciembre 2020 |
Número de sentencia | AP3441-2020 |
Tribunal de Origen | Tribunal Superior Sala Penal de Villavicencio |
Tipo de proceso | IMPEDIMENTO |
Número de expediente | 56483 |
FABIO OSPITIA GARZÓN
Magistrado Ponente
AP3441 - 2020
Revisión No. 56483
Acta No. 265
Bogotá, D.C., nueve (09) de diciembre de dos mil veinte (2020).
ASUNTO
Se pronuncia la Sala sobre el impedimento conjunto presentado por los Magistrados J.F.A.V., E.F.C., L.A.H.B., E.P.C. y P.S.C., para conocer de la acción de revisión instaurada por la defensora del sentenciado J.E.N.O.. contra el fallo proferido en segunda instancia por la Sala de Casación Penal, el 13 de septiembre de 2017, confirmatorio del dictado el 12 de abril de 2016 por la Sala Penal del Tribunal Superior de Villavicencio.
EL IMPEDIMENTO
Los Magistrados mencionados afirman que mediante sentencia SP14581 del 13 de septiembre de 2017 (R.. 48327) se pronunciaron en segunda instancia sobre el fallo proferido el 12 de abril de 2016 por el Tribunal Superior de Villavicencio en contra de J.E.N.O., como autor del delito de prevaricato por acción, en el sentido de confirmar la condena y revocar la prisión domiciliaria, motivo por el cual advierten configurada la causal especial de impedimento descrita en el artículo 197 de la Ley 906 de 2004.
CONSIDERACIONES DE LA SALA
<
La causal de impedimento especial invocada por los Magistrados J.F.A.V., E.F.C., L.A.H.B., E.P.C. y P.S.C., dice textualmente: «No podrá intervenir en el trámite y decisión de esta acción ningún magistrado que haya suscrito la decisión objeto de la misma».
Revisada la providencia mediante la cual la Sala resolvió el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia condenatoria de primera instancia, se establece que los magistrados que manifiestan el impedimento suscribieron la referida decisión y se pronunciaron de fondo sobre aspectos fundamentales de la sentencia objeto del recurso.
De esta manera, como se encuentran estructurados los supuestos fácticos de la causal invocada, puesto que los magistrados suscribieron la decisión que ahora es objeto de la acción revisión, se aceptará el impedimento manifestado por ellos y se los separará del conocimiento del asunto.
Con el fin de mantener el equilibrio en la carga laboral de los integrantes de la Corporación, se dispone que del despacho del Magistrado F.O.G. se remita en compensación al despacho del Magistrado L.A.H.B. un expediente de similar naturaleza y complejidad.
<En consecuencia, la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Penal,
RESUELVE:
1. ACEPTAR los impedimentos declarados conjuntamente por los Magistrados J.F.A.V., L.A.H.B., E.F.C., E.P.C. y P.S.C.. En consecuencia, se dispone separarlos del conocimiento de este asunto.
2. ENVIAR al despacho del Magistrado L.A.H....B. un expediente ...
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