Auto de Corte Suprema de Justicia - nº 177 de 11 de Septiembre de 2002 - Jurisprudencia - VLEX 44160062

Auto de Corte Suprema de Justicia - nº 177 de 11 de Septiembre de 2002

Fecha11 Septiembre 2002
Número de expediente15998
MateriaDerecho Civil

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

Sala de Casaci"n Civil

Magistrado Ponente:

M.A.V."squez Bogot", D.C., once (11) de septiembre de dos mil dos (2002).

Referencia: Expediente No. 15998-01

Dec"dese sobre la solicitud que de terminaci"n del proceso por transacci"n, han presentado las partes en este proceso ordinario de G. de Jes"s R"os L"pez contra la Cooperativa de Transportadores Velotax Ltda., conjuntamente con la aseguradora llamada en garant"a, La Previsora S.A., C"a de Seguros, as" como el desistimiento por la demandada del recurso extraordinario.

A cuyo prop"sito se considera:

  1. - Por el escrito obrante a folios 19 y siguientes de esta cuaderno, manifiestan el demandante y su apoderado judicial, conjuntamente con la demandada y la entidad llamada en garant"a, que transigen en todas y cada una de las pretensiones de la demanda, en las que se reclama el reconocimiento y pago de los da"os y perjuicios materiales y morales padecidos por el primero de los nombrados, con ocasi"n del accidente de tr"nsito ocurrido el 12 de julio de 1995, en que colisionaron los veh"culos de placas WYA-176, de propiedad de la demandada, y CHM-771, conducido por el actor.

  2. - Con dicha transacci"n pretenden los referidos litigantes que se d" por terminado el proceso; prop"sito en punto del cual cabe observar que al paso que la solicitud ha sido presentada en legal forma, no se detecta en los interesados inhabilidad alguna para celebrar pactos de esta especie, situaci"n que corrobora la copia del acta adjunta al escrito que antecede, en la que el consejo de administraci"n de la demandada autoriza al gerente para celebrar el acuerdo cuya aprobaci"n se solicita; por lo dem"s, el predicho convenio abarca todos los aspectos de la controversia, siendo del caso as" mismo anotar que, impugnada como fue por la demandada la sentencia del tribunal, la misma no se encuentra en firme.

    No aparece pues obst"culo alguno para aceptar la transacci"n precisada en el memorial referido; y siendo del...

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