Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 2 de Julio de 2008 - Jurisprudencia - VLEX 43709744

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 2 de Julio de 2008

Fecha02 Julio 2008
Número de expediente29607
MateriaDerecho Penal

Proceso No. 29607

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

Magistrado Ponente:

Dr. S.E.P.

Aprobado Acta n.° 175

Bogotá, D.C., dos de julio de dos mil ocho.

VISTOS

Se pronuncia la Corte sobre la admisibilidad formal de la demanda de revisión presentada por el apoderado judicial de H.P.C., condenado mediante sentencia de segunda instancia proferida el 30 de agosto de 2005 por el Tribunal superior del Distrito Judicial de Cali como autor del delito de enriquecimiento ilícito de particulares, decisión que de esa manera revocó el fallo absolutorio del 29 de marzo de 2004, obra del Juzgado 4º Penal del Circuito Especializado de esa ciudad.

HECHOS

Así los resumió la sentencia de segunda instancia:

"Por parte de la fiscalía se llevaron a cabo investigaciones tendentes a revisar las cuentas pertenecientes al llamado Cartel de Cali, cuyas aperturas se hicieron en la sede del banco de Colombia de Cali, resultando los siguientes títulos valores cuyos números, beneficiarios, valor y fecha se detallada en el cuadro que sigue:

|NRO. |VALOR |BENEFICARIO |FECHA |CUENTA |

|CHEQUE | | | | |

|2485721 |5"000.000 |H.P. |Sept. 12/91 |8023-023175-6 |

|2485720 |5"000.000 |Á.P. |Sept. 12/91 |8291-242420-2 |

|2509889 |10"000.000 |H.P. |Oct. 23/91 |8291-242420-2 |

|2441794 |10"000.000 |H.P. |Ago. 28/91 |8023-023175-6 |

|0213035 |500.000 |H.P. |Dic. 6/90 |8291-242420-2 |

|0210685 |1"000.000 |H.P. |Nov. 27/90 |8291-242420-2 |

|0260258 |5"000.000 |H.P. |Feb. 13/92 |8291-242420-2 |

|1047052 |3"000.000 |H.P. |Abr. 3/92 |8291-242420-2 |

|2441755 |6"000.000 |H.P. |Ago. 16/91 |8023-022499-6 |

|2499668 |3"000.000 |H.P. |Oct. 1/91 |8023-022499-6 |

|2499669 |10"000.000 |H.P. |Oct. 4/91 |8023-022499-6 |

|Total |$58.000.000 |

Tales títulos fueron consignados, por su propio endoso, en la cuenta del señor H.P.C. en el período comprendido entre diciembre de 1990 y abril de 1992, provenientes de los señores MIGUEL Y G.R.O., y originados en las cuentas 8291-242420-2; 8291-242914-1; 8023-023175-6, y; 8023-022499-6 del Banco de Colombia. Dichas cuentas fueron abiertas a nombre de personas dependientes de los citados ciudadanos (GLORIA CRUZ, A.M.A.) o por ellos mismos usando nombres falsos, tales como J.C.Y.L.R.T.." ACTUACIÓN PROCESAL

La Fiscalía Delegada ante el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cundinamarca, mediante resolución del 28 de diciembre de 2001 acusó a H.P.C. por el delito de enriquecimiento ilícito de particulares, tipificado en...

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