Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 3 de Noviembre de 2004 - Jurisprudencia - VLEX 44107745

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 3 de Noviembre de 2004

Fecha03 Noviembre 2004
Número de expediente22072
EmisorSala de Casación Penal
MateriaDerecho Penal

Proceso No 22072

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

Magistrado Ponente:

Dr. A.G.Q.

Aprobado Acta No. 95

Bogotá, D.C., tres (3) de noviembre de dos mil cuatro (2.004).

VISTOS

Agotado el trámite previsto en el artículo 518 del Código de Procedimiento Penal, emite la Sala concepto sobre la solicitud de extradición elevada por el Gobierno de los Estados Unidos de América en relación con el ciudadano colombiano G.J.R.O..

ANTECEDENTES
  1. A través de notas verbales Nos. 374 y 493 de febrero 18 y marzo 2 del año que transcurre el Gobierno de los Estados Unidos por intermedio de su Embajada en Bogotá le solicitó al de Colombia por conducto del Ministerio de Relaciones Exteriores la extradición del ciudadano colombiano G.J.R.O. por ser requerido en ese país para comparecer a juicio por delitos federales de narcóticos y relacionados según acusaciones Nos. 03-20774-CR-Moreno dictada el 22 de enero de 2.004 en la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Sur de la Florida y S4 03 Cr.1465 proferida el 24 de febrero del mismo año en el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos, Distrito Sur de Nueva York.

  2. A efectos de formalizar dicha solicitud se adjuntó a ésta, autenticada y traducida la siguiente documentación:

2.1. Respecto a la acusación emitida en la Corte del Distrito Sur de la Florida:

2.1.1. Declaración jurada en apoyo de la solicitud de extradición rendida el 11 de febrero del presente año por L.M.B., quien como F. antinarcóticos de los Estados Unidos explica los hechos del caso, el procedimiento del Gran Jurado y sus funciones como parte del poder Judicial de los Estados Unidos, los cargos y las leyes aplicables, da cuenta del estado del proceso adelantado en ese país en contra del ciudadano solicitado y explica el trámite surtido para obtener la documentación anexa como prueba a esta petición y su contenido.

2.1.2. Traducción de las normas pertinentes, esto es, de las Secciones 812, 841 (a)(1), (b)(1)(A), 846, 853, 952 (a), 960 (b)(1) y 963 del Capítulo 21, así como de la Secciones 2, 371, 982, 1503, 1512, 1956 y 3282 del Capítulo 18 del Código de los Estados Unidos.

2.1.3. Acusación proferida el 22 de enero de 2.004 en el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos, Distrito Sur de la Florida, por medio de la cual se formulan a G.J.R.O., entre otros, cuatro cargos así:

CARGO 1. "Aproximadamente desde 1990, hasta aproximadamente julio de 2002, siendo las fechas exactas desconocidas para el Gran Jurado, en el Condado de Miami-Dade, en el Distrito del Sur de la Florida, y en otros lugares, los acusados, ". a sabiendas e intencionalmente se unieron, aliaron, confabularon, y acordaron entre sí y con otras personas conocidas y desconocidas por el Gran Jurado, para importar a los Estados Unidos, desde un lugar fuera del mismo una sustancia estupefaciente controlada de la Categoría II, es decir, cinco (5) kilogramos o más de una mezcla y sustancia conteniendo una cantidad detectable de cocaína; en violación del Capítulo 21 del Código de los Estados Unidos, Sección 952(a); todo lo anterior en violación del Capítulo 21 Código de los Estados Unidos, Secciones 963 y 960 (b)(1)(B)".

CARGO 2. "Aproximadamente desde 1990, hasta aproximadamente julio de 2002, siendo las fechas exactas desconocidas para el Gran Jurado, en el Condado de Miami-Dade, en el Distrito del Sur de la Florida, y en otros lugares, los acusados, ". a sabiendas e intencionalmente se unieron, aliaron, confabularon, y acordaron entre sí y con otras personas conocidas y desconocidas por el Gran Jurado, para poseer con intención de distribuir una sustancia estupefaciente controlada de la Categoría II, es decir, cinco (5) kilogramos o más de una mezcla y sustancia conteniendo una cantidad detectable de cocaína; en violación del Capítulo 21 del Código de los Estados Unidos, Sección 841(a)(1); todo lo anterior en violación del Capítulo 21 del Código de los Estados Unidos, Secciones 846 y 841 (b)(1)(A)(ii)".

CARGO 3. "Aproximadamente desde 1990, hasta aproximadamente julio de 2002, siendo las fechas exactas desconocidas para el Gran Jurado, en el Condado de Miami-Dade, en el Distrito del Sur de la Florida, y en otros lugares, los acusados, ". a sabiendas e intencionalmente se unieron, aliaron, confabularon, y acordaron entre sí y con otras personas conocidas y desconocidas por el Gran Jurado, para a sabiendas llevar a cabo transacciones financieras que afectan el comercio nacional y extranjero, lo cual incluye las ganancias producto de actividades ilegales específicas, es decir, comprar, vender, importar y negociar con sustancias controladas, hechos sancionables bajo las leyes de los Estados Unidos, con la intención de promover la realización de dicha actividad ilícita, y teniendo conocimiento de que las transacciones estaban total o parcialmente diseñadas para esconder y disfrazar la naturaleza, lugar, fuente, propiedad y control de las ganancias producto de dichas actividades ilegales; y que mientras se llevaban a cabo y se intentaban llevar a cabo dichas transacciones financieras, tenían conocimiento que la propiedad involucrada en dichas transacciones financieras, es decir, los instrumentos monetarios y las propiedades muebles, representaban las ganancias producto de actividades ilegales específicas en violación del Capítulo 18 del Código de los Estados Unidos, Secciones 1956(a)(1)(A)(i), 1956(a)(1)(B)(i); todo lo anterior en violación del Capítulo 18 del Código de los Estados Unidos, Sección 1956(h)".

CARGO 4. "A principios o alrededor de 1990, siendo las fechas exactas desconocidas por el Gran Jurado, y de ahí sucesivamente hasta la fecha del presente Sobreseimiento al Acta de Acusación, en Miami, Condado de D., en el Distrito Sur de la Florida, y otros lugares, los acusados, ". a sabiendas e intencionalmente se unieron, aliaron, confabularon y acordaron entre sí y con otras personas conocidas y desconocidas por el Gran Jurado, para cometer un delito en contra de los Estados Unidos, a saber, influenciar, obstruir e impedir la debida administración de justicia por medio de corrupción, amenazas y violencia; en violación del Capítulo 18 del Código de los Estados Unidos, Sección 1503; asesinar a otras personas con la intención de impedir la asistencia y testimonio de cualquier persona en procesos funcionarios en violación del Capítulo 18 del Código de los Estados Unidos, Sección 1512(a)(1)(A); y asesinar a otras personas con la intención de impedir la comunicación por cualquier persona con cualquier autoridad del orden público o juez de los Estados Unidos para informar en relación con la perpetración o posible perpetración de un delito federal en violación del Capítulo 18 Código de los Estados Unidos, Sección 1512(a)(1)(C)"(sic)..

2.1.4. Orden de arresto expedida el 22 de enero de 2.004 en contra de G.R.O. por el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos, Distrito Sur de la Florida.

2.1.5. Declaración rendida por E.K., Agente Especial de la Oficina de Aplicación de la Ley de Inmigración y Aduanas de los Estados Unidos, en la que además de precisar las funciones que conciernen a la citada entidad en relación con sustancias controladas, da cuenta del conocimiento que tiene de la investigación adelantada contra G.R.O. -entre otros- con base en información recibida desde hace unos cuatro años acerca de que el requerido y varios de sus asociados continuaban delinquiendo a pesar de hallarse privados de libertad. Afirma estar familiarizado con las pruebas -algunas de las cuales relaciona detallando su contenido- explica la forma cómo se obtuvieron y precisa información que se posee sobre las actividades ilícitas la identificación e individualización del solicitado en extradición y

2.1.6. F. perteneciente a G.R.O..

2.2. En relación con la acusación dictada en el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos, Distrito Sur de Nueva York:

2.2.1. Declaración jurada en apoyo de la solicitud de extradición rendida el 25 de febrero de 2.004 por B.J.I., Fiscal Federal Delegado para la Fiscalía Federal del Distrito Sur de Nueva York, en donde igualmente explica los hechos que conforman el caso, el procedimiento surtido ante el Gran Jurado y sus funciones como parte del poder Judicial de los Estados Unidos, los cargos y las leyes aplicables e informa sobre el estado del proceso adelantado en ese país en contra del ciudadano solicitado.

2.2.2. Traducción también de las normas pertinentes: Secciones 371, 982, 1956 y 3282 del Título 18 y 1701 a 1706 del Título 50 del Código de los Estados Unidos, así como de la Orden del Poder Ejecutivo No. 12978.

2.2.3. Acusación dictada el 24 de febrero de 2.004 en el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos, Distrito Sur de Nueva York a través de la cual se formulan a G.R.O. -entre otro- dos cargos así:

PRIMERO

"Desde 1982 o alrededor de esa fecha hasta los corrientes, en las inmediaciones del Distrito Sur de Nueva York y en otros lugares, los acusados " junto con otros conocidos y desconocidos, se unieron, se asociaron, conspiraron y se pusieron de acuerdo entre ellos y con cada uno de los demás de manera ilícita, voluntaria y a sabiendas para infringir la Sección 1956 del Título 18 del Código de los estados Unidos.

"Como parte y objeto de dicha conspiración, los acusados " junto con otros conocidos y desconocidos, en un delito que involucra e incide en el comercio interestatal y en el comercio exterior, a sabiendas de que los bienes involucrados en determinadas transacciones financieras, a saber, transferencias bancarias de cientos de miles de dólares, representaban el fruto de algún tipo de actividad ilícita, de manera ilícita, voluntariamente y a sabiendas llevaron a cabo e intentaron llevar a cabo tales transacciones financieras cuyo propósito y efecto era el de evadir y eludir, y que en efecto facilitaron la evasión y la elusión de las prohibiciones establecidas en la Orden Ejecutiva...

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