Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 5 de Julio de 2007 - Jurisprudencia - VLEX 43771350

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 5 de Julio de 2007

Fecha05 Julio 2007
Número de expediente27467
MateriaDerecho Penal

Proceso No 27467

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

Magistrado Ponente

JULIO ENRIQUE SOCHA SALAMANCA

Aprobado Acta No.112

Bogotá D. C., cinco (5) de julio de dos mil siete (2007).

VISTOS

Decide la S. lo que en derecho corresponda en relación con la apelación interpuesta por el defensor de los acusados J.E.M.P., F.M.G. y A.S.D., en contra del proveído por medio del cual la Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Riohacha, negó la cesación de procedimiento.

ANTECEDENTES
1. Hechos

Fueron sintetizados por la Fiscalía Dos Delegada ante el Juzgado Penal del Circuito de Riohacha, en la resolución de acusación del 11 de agosto de 2006, de la siguiente manera:

"Según informe policivo fechado 23 de agosto de 2005 que aparece en el expediente en esa fecha, la DIJIN se desplazaba entre Santa Marta y Riohacha y a la altura de la Sierra de P., cuando se acercaban a aprovisionar de combustible su vehículo, vieron un campero de placas EEU 039 que salía de la Estación de Servicios de la Sierra y en forma sospechosa se devolvió y se acercó a dos hombres que portaban radio de comunicaciones, por lo que los miembros de la DIJIN procedieron a registrarlos, observando que el conductor del vehículo portaba entre sus piernas un fusil y una pistola en su mano derecha y su acompañante tenía un radio de comunicaciones, al igual que las personas a las que se acercaron. Al proceder a la requisa se estableció que el fusil que el conductor llevaba entre las piernas era marca Colt y tenía munición; además habían otros 4 proveedores debajo de la silla; la pistola marca Taurus que el conductor llevaba en su mano derecha tenía su proveedor cargado con 13 cartuchos y en su cintura tenía otro proveedor con 13 cartuchos, también portaba dos celulares. El conductor se identificó ante los miembros de la DIJIN como M.P. y manifestó ser miembro de las Autodefensas y ser conocido como alias JAIRO y que su misión era la de cuidar las vías del Departamento. Además, ofreció dinero a cambio de no ser colocado a disposición de la Fiscalía. Su acompañante era J.E.M.P., quien portaba un radio de comunicaciones con antena y porta baterías y un celular. Por otra parte llevaba en el campero un maletín tipo canguro donde se halló una granada, documentos diversos, 2 heráldicas con logros de las ACCU (Autodefensas Campesinas de Córdoba y Urabá Bloque Norte), agendas con información subversiva acerca de armamento, intendencia y finanzas, relación de material bélico y pistolas entregadas, seis hojas que contenían relación del equipo de comunicaciones entregado, armamento en intendencia y material de guerra, además solicitudes de colaboración formuladas a varias personas. Por su parte a F.M.G. se le halló una pistola P.B. con un proveedor de 20 cartuchos y guardado en el bolsillo derecho del pantalón otro proveedor con 13 cartuchos y A.E.S.D. llevaba un radio de comunicaciones 100M y un celular Nokia.".

Los procesados fueron acusados como presuntos coautores responsables de los delitos de concierto para delinquir; fabricación, tráfico y porte de armas de fuego o municiones; y fabricación, tráfico, porte de armas y municiones de uso privativo de las fuerzas armadas.

  1. El apoderado judicial de los acusados, solicitó al Tribunal Superior del Distrito Judicial de la Guajira, la cesación de procedimiento a favor de sus poderdantes J.E.M.P., F.M.G. y A.S.D., en orden a las previsiones hechas por la ley 782...

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