Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 13 de Febrero de 2008 - Jurisprudencia - VLEX 43755898

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 13 de Febrero de 2008

Número de expediente29074
Fecha13 Febrero 2008
MateriaDerecho Penal

Proceso No 29074

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACION PENAL

Magistrado Ponente

Dr. AUGUSTO IBÁÑEZ GUZMÁN

Aprobado acta número 28

Bogotá, D.C., trece de febrero de dos mil ocho.

Define la Corte la competencia para conocer de la acusación presentada por la Fiscalía Segunda Especializada de Armenia, en contra de J.J.A.V., R.D.A.Á. y L.A.P.V., a quienes imputó los delitos de secuestro extorsivo agravado, trata de personas agravada y estímulo a la protección de menores.

ANTECEDENTES
  1. Según se advierte en la actuación, en el mes de febrero del año anterior dos menores de edad, residentes en el municipio de Montenegro (Quindío), fueron contactadas por R.D.A.Á., alias G., quien les ofreció trabajo en un hotel de la ciudad de Cali para realizar labores de cocina y de arreglo de habitaciones.

    Las menores aceptaron la propuesta y al día siguiente G. las condujo a C. y las dejó a cargo de su hermana R.E.A.Á., quien a su vez las llevó en un bus interdepartamental hasta Mocoa (Putumayo) y de ahí al municipio de Orito, donde las recibió JOSÉ JAVIER ARENAS VALENCIA administrador del Bar Candilejas, sitio en el que quedaron recluidas.

    Ubicadas en ese sitio L.A.P.V. les informó que habían sido llevadas hasta Orito para ser explotadas sexualmente y que con su trabajo debían cancelarle la suma de ciento cincuenta mil pesos que había invertido en el trasporte.

    Informan, además, la menores que constantemente las amenazaban con que los paramilitares las matarían si intentaban huir y que para evitar la fuga las encerraban en una habitación cuando no debían trabajar.

    Después de mes y medio de sometimiento lograron fugarse e informar a las autoridades acerca de lo ocurrido.

  2. La Fiscalía Segunda Especializada solicitó al Juez Promiscuo Municipal de Montenegro orden de captura en contra de los indiciados, lográndose la aprehensión de R.D.A.Á., L.A.P. VALENCIA y JOSÉ JAVIER ARENAS VALENCIA.

  3. En oportunidad se verificó audiencia de legalización de captura y se formuló imputación contra J.J.A. VALENCIA y L.A.P.V., por los delitos de "SECUESTRO EXTORSIVO AGRAVADO arts. 169 y 170 numeral 1, TRATA DE PERSONAS AGRAVADA arts. 188 A y 188B numeral 1 y ESTÍMULO A LA PROSTITUCIÓN DE MENORES art. 217, { y } al indiciado R.D.A.Á." los delitos de SECUESTRO EXTORSIVO AGRAVADO y TRATA DE PERSONAS AGRAVADA."

  4. R.E.A.Á., capturada el 5 de diciembre de 2007, en audiencia de formulación de imputación se allanó al único cargo que se le atribuyo por el delito de trata de personas agravada.

  5. En audiencia del 11 de diciembre R.D.A.Á. y L.A.P.V., también aceptaron el cargo que por el mismo delito se les había imputado.

  6. La Fiscalía presentó el día doce siguiente escrito de acusación por los delitos de secuestro extorsivo agravado (art. 169 y 170-1 C.P.), trata de personas agravada (art.s 188 A y 188 B-1) y estímulo a la prostitución de menores (art. 217 Ib.), en contra de J.J.A. VALENCIA; secuestro extorsivo agravado por la misma causal y estímulo a la prostitución de menores, frente...

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