Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 6 de Septiembre de 2007 - Jurisprudencia - VLEX 43771751

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 6 de Septiembre de 2007

Fecha06 Septiembre 2007
Número de expediente26338
MateriaDerecho Penal

Proceso No 26338

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

Magistrado Ponente

JORGE LUIS QUINTERO MILANÉSAprobado acta N° 162

Bogotá, D.C., seis (6) de septiembre de dos mil siete (2007).V I S T O S

La Corte resuelve la petición de nulidad elevada por el solicitado en extradición, ciudadano Y.R.V.C..

L A P E T I C I Ó N

Dentro del término de traslado para alegar de conclusión, de acuerdo con lo previsto por el artículo 500, inciso 3°, de la Ley 906 de 2004, el solicitado en extradición pide que se decrete la nulidad de lo actuado, "por considerar que en el presente trámite de extradición se me ha violado el derecho a la defensa y el debido proceso", por las siguientes razones:

Anota que la Sala negó, por considerarlas improcedentes, la solicitud de pruebas elevada, concretamente: "las tendientes a demostrar que los delitos imputados en un tribunal extranjero, no se cometieron en el exterior".

Agrega que mediante providencia del 18 de julio de 2007 la Corte negó el recurso de reposición interpuesto contra la decisión antes referida.

Considera que su derecho a la defensa ha sido violado con la negación de las pruebas solicitadas, puesto que con ellas ha pretendido "demostrar, que la conducta a mí imputada por el gobierno norteamericano tuvo lugar en Colombia, y como consecuencia de lo anterior, tengo derecho a ser investigado en Colombia".

En el mismo sentido, fundamenta el quebrantamiento del debido proceso, consagrado en el artículo 29 de la Carta Política que ordena la efectividad del valor constitucional del Estado Social de Derecho, en lo expuesto por la Corte Constitucional en sentencia N° T-116 de 2004, en cuanto que, "la violación del procedimiento (el debido proceso como garantía), sólo existirá, si la interpretación que del procedimiento se hace, resulta incompatible con la Carta; la violación del debido proceso, como derecho fundamental, por su parte, solo se presentará cuando el trámite conduzca al desconocimiento de los elementos que definen el carácter justo del mismo".

CONSIDERACIONES DE LA CORTE

De acuerdo con la petición elevada por el solicitado en extradición, se hace necesario precisar el siguiente aspecto:

Cuando se propone un vicio in procedendo no basta pregonar una irregularidad que desquicie la estructura del proceso o que afecte las garantías judiciales de los intervinientes, sino que constituye una carga para el postulante, de acuerdo con el principio de trascendencia...

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