Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 26 de Septiembre de 2007 - Jurisprudencia - VLEX 43771910

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 26 de Septiembre de 2007

Número de expediente28136
Fecha26 Septiembre 2007
MateriaDerecho Penal

Proceso No 28136

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

Magistrado Ponente

JORGE LUIS QUINTERO MILANÉS

Aprobado acta N° 181

B.D.C., veintiséis (26) de septiembre de dos mil siete (2007).

V I S T O S

Se pronuncia la Corte sobre la definición de competencia para conocer de lo actuado en contra de J.C.G., según la remisión que dispusiera el Juzgado 20 Penal del Circuito de Medellín, en audiencia que celebró para resolver de la solicitud de preclusión elevada por su defensor.

A N T E C E D E N T E S
  1. - El 3 de febrero de 2007, a eso de las 6:30 de mañana, en el peaje de Supia (Caldas), vía Cauyá " La Pintada, miembros de la policía nacional practicaron registro al vehículo mazda 323 modelo 1997, placas MMB 468, color blanco, conducido por J.C.G., quien adujo no tener los documentos del rodante, encontrándose en su interior una fotocopia de la licencia de tránsito del automotor, a nombre de la señora M.I.G.L., con quien se comunicaron telefónicamente, manifestando ésta que le había sido hurtado aproximadamente a las 20:00 horas del día anterior en la ciudad de Medellín, motivo por el cual aquél fue capturado.

  2. - Ante la aprehensión del indiciado, el Juzgado 17 Penal Municipal con funciones de control de garantías de Medellín, el 4 de febrero de 2007 adelantó audiencia preliminar en la cual se legalizó la captura, la Fiscalía 40 Seccional formuló imputación contra GRAJALES como presunto autor del delito de receptación, cargo que fue aceptado libre y voluntariamente por el mismo, a quien se le impuso medida de aseguramiento de detención preventiva en establecimiento carcelario, que fue apelada por su defensor, siendo confirmada por el Juzgado 15 Penal del Circuito con funciones de conocimiento de Medellín, en audiencia realizada el 2 de marzo de 2007.

  3. - Por virtud del allanamiento al cargo imputado, la Fiscalía 2ª Seccional de Riosucio, presentó escrito de acusación ante el Juzgado Penal del Circuito de ese municipio, el cual celebró audiencia para individualización de pena y sentencia el 6 de marzo de 2007, en la que el juzgador decretó la nulidad de la formulación de la imputación, al considerar que ésta se efectuó ante Juez incompetente, como quiera que la eventual receptación aconteció en el municipio de Supia, amén de que, en su criterio, el delito por el que debía procederse era el de hurto calificado y agravado, remitiendo el expediente al Juzgado 17 Penal Municipal con funciones de control de garantías de Medellín, a fin de que continuara vigilando la medida de aseguramiento impuesta e informara lo pertinente a la Fiscalía 40 Seccional que había formulado la imputación, para que corrigiera la irregularidad; decisión que fue notificada en estrados sin que el delegado de la Fiscalía ni el defensor interpusieran recurso alguno contra la misma.

  4. - Ante solicitudes de libertad por vencimiento del término para formular acusación y preclusión de la acción penal, elevadas por el defensor del imputado, el Centro de Servicios Judiciales de Medellín, repartió la primera al Juzgado 13 Penal Municipal con funciones de control de garantías de la ciudad, el cual, en audiencia celebrada el 4 de mayo de 2007, denegó la libertad y concedió el recurso de apelación interpuesto, que fue resuelto en audiencia del 10 de mayo de 2007, por la Juez 24 Penal del Circuito con funciones de conocimiento de Medellín, quien revocó la decisión atendiendo la nulidad de la formulación de la imputación que había sido decretada y dispuso la libertad...

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