Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº de 7 de Febrero de 2007 - Jurisprudencia - VLEX 43775771

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº de 7 de Febrero de 2007

Número de expediente30959
Fecha07 Febrero 2007
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN LABORAL

Acta No. 08 Radicación No. 30959

Bogotá D.C., siete (7) de febrero de dos mil siete (2007) Decide la Corte sobre la admisión del recurso extraordinario de casación interpuesto por la parte demandante VICTOR RAMOS CABALLERO, contra la sentencia del 18 de julio de 2006, proferida por la Sala de Decisión Civil-Familia-Laboral Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Montería, en el proceso ordinario adelantado por el recurrente contra la COMPAÑÍA DE SEGUROSA S.A. -COLSEGUROS S.A-.

ANTECEDENTES

El señor V.R.C., instauró proceso ordinario laboral contra la Compañía Colombiana S.A. "Colseguros S.A., con el fin de obtener se declare la existencia del contrato laboral, el no pago de los aportes por concepto de pensión de vejez, el derecho a percibir la pensión de jubilación a partir de los 55 años, y como consecuencia de lo anterior el pago de los aportes al seguros social por concepto de pensión de vejez desde el momento en que cumplió 55 años, es decir desde el 17 de noviembre de 1991 hasta el 30 de junio de 1997, fecha en la cual el Instituto de Seguros Sociales asumió dicho riesgo, el reconocimiento y pago de la pensión de jubilación, los reajustes a la misma, intereses moratorios y costas del proceso.

Correspondió el conocimiento del proceso al Juzgado Primero Laboral del Circuito de Montería, que mediante sentencia del 12 de agosto de 2005, declaró la existencia del contrato laboral, reconoció el pago de la pensión de jubilación en un monto de $51.720 correspondiente a un salario mínimo legal vigente para el año de 1996 (sic), consecuencialmente el pago retroactivo de las mesadas correspondientes, el reintegro por parte del demandante de las sumas de dinero que por concepto de mesadas pensionales recibió de la compañía demandada del 17 de noviembre de 1996 a octubre de 2002 sin indexación alguna, declaró la compensación entre las sumas recibidas por el señor V. RAMOS CABALLERO de la empresa demandada, condenó al demandante al reintegro de las mesadas recibidas de la compañía, declaro infundada la excepción de prescripción propuesta por la demandada, absolvió a la demandada de los demás cargos pretendidos por el actor y condenó en costas a la parte demandante y a favor de la demandada.

La Sala de Decisión Civil-Familia-Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Montería, en sentencia de fecha 18 de julio...

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