Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 29 de Julio de 2010 - Jurisprudencia - VLEX 250488294

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 29 de Julio de 2010

Fecha29 Julio 2010
Número de expediente33883
EmisorSala de Casación Penal
MateriaDerecho Penal

Proceso n.º 33883

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

Magistrado Ponente:

J.Z.O.

Aprobado Acta # 238

Bogotá D.C., julio veintinueve (29) de dos mil diez (2010).VISTOS:

Resuelve la Sala si admite o no la demanda de casación presentada por el apoderado de la parte civil.

HECHOS Y ANTECEDENTES PROCESALES:

  1. Hacia las 12:30 P.M. del 11 de junio de 2003, al volante del bus SDL 452 afiliado a la empresa Transandoná S.A., F.E.R.M. se dirigía de Sandoná a Consacá "ambos municipios del Departamento de Nariño", por la vía Paso Nacional. A la altura de la carrera 5ª con la calle 13, B.M. de Sandoná, en razón de la aparición súbita de la motocicleta JZC 46 A, el conductor del vehículo de servicio público maniobró hacia la izquierda y atropelló a I.U.H.C., quien descansaba en la berma de la vía. La incapacidad médico legal definitiva fue de 120 días con secuelas permanentes que consistieron en deformidad física del cuerpo y perturbación funcional del órgano de la locomoción.

  2. Al proceso, que se inició el 11 de agosto de 2003, fueron vinculados F.E.R.M. y J.D.J.B.B., mediante indagatoria el primero y a través de declaración de persona ausente el segundo. En primera instancia, al calificarse el sumario, se les precluyó la instrucción. Esta determinación la impugnó en apelación el apoderado de la parte civil y el Fiscal de segundo grado la revocó parcialmente el 7 de junio de 2007, para acusar a RIASCOS MORA por la conducta punible de lesiones personales culposas.

  3. Tramitado el juicio, el Juzgado Promiscuo Municipal de Sandoná (Nariño), mediante sentencia del 3 de diciembre de 2008, condenó al acusado a 2 años y 4 meses de prisión, suspensión de la licencia de conducción e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por el mismo término y multa de $50.000.oo. Y al pago solidario con la dueña del bus y la empresa Transandoná S.A. de $80.300.000.oo más el equivalente a 100 salarios mínimos legales mensuales por concepto de daños materiales y morales.

  4. El defensor apeló ese pronunciamiento y el Juzgado 1º Penal del Circuito Adjunto de Pasto (Nariño), por intermedio del fallo recurrido en casación, dictado el 22 de octubre de 2009, dispuso revocarlo y, en su lugar, dictó absolución.

LA DEMANDA:

En su mayor parte está compuesta de transcripciones de otras actuaciones del apoderado de la víctima. Específicamente del texto completo de la demanda de constitución de parte civil y del...

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