SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 104576 del 06-06-2019 - Jurisprudencia - VLEX 842051882

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 104576 del 06-06-2019

Sentido del falloCONFIRMA NIEGA TUTELA
EmisorSala de Casación Penal
Número de expedienteT 104576
Fecha06 Junio 2019
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Penal de Tunja
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
Número de sentenciaSTP7883-2019






LUIS GUILLERMO SALAZAR OTERO Magistrado Ponente



STP7883-2019

Radicación n° 104576

Acta 138



Bogotá, D.C., seis (6) de junio de dos mil diecinueve (2019).



ASUNTO


Procede la Sala a resolver la impugnación impetrada por el accionante A.A.M. contra el fallo proferido el 10 de abril de 2019 por la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Tunja, por medio del cual negó el amparo el amparo impetrado en contra del Juzgado Primero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de esta ciudad, por la presunta vulneración de los derechos fundamentales al debido proceso y acceso a la administración de justicia.



LA DEMANDA


Los hechos fundamento de la petición de amparo los sintetizó la Sala Penal del Tribunal Superior de Tunja en los siguientes términos:


«Mediante interlocutorio 561 del 27 de junio de 2018 el Juzgado Primero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Tunja negó al sentenciado A.A.M., la libertad condicional por prohibición expresa del art. 26 de la Ley 1121 de 2006. Tal decisión al ser notificada al sentenciado de manera personal, manifestó su intención de interponer el recurso de reposición y en subsidio apelación. Por esa razón, la secretaría corrió los traslados de los recursos que para el recurrente vencieron el 18 de julio de 2018.


El 3 de octubre de 2018 el despacho ejecutor declaró desiertos los recursos de reposición y en subsidio apelación porque no fueron sustentados y el 1º de noviembre de 2018 el sentenciado formuló recurso de reposición y en subsidio apelación contra el auto de sustanciación.


En interlocutorio 0149 del 13 de febrero de 2019 el despacho no repuso la decisión tomada en el auto y declaró improcedente el recurso de apelación. Esa decisión es la que el actor considera lesiva de sus derechos fundamentales.


Por lo anterior, pretende el amparo de los derechos invocados y en consecuencia, se ordene al Juzgado Primero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Tunja, realizar un nuevo estudio con el fin de que le conceda el derecho a la doble instancia para poder interponer el recurso de apelación y controvertir la decisión que le negó la libertad condicional».



EL FALLO IMPUGNADO


La Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Tunja, negó el amparo invocado por el accionante bajo los siguientes argumentos:


El auto cuestionado por el actor, mediante el cual se declaró desierto un recurso, no resuelve de fondo algún incidente o aspecto sustancial, ya que únicamente se limita a dar trámite a la actuación, por lo tanto, contra éste, únicamente procede el recurso de reposición.


Así las cosas, la decisión de negación de la concesión del recurso vertical, no es arbitraria, ni vulneradora del derecho fundamental al debido...

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