SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 101967 del 17-01-2019 - Jurisprudencia - VLEX 842052934

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 101967 del 17-01-2019

Sentido del falloREVOCA CONCEDE TUTELA
EmisorSala de Casación Penal
Número de sentenciaSTP357-2019
Número de expedienteT 101967
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Penal de Cúcuta
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
Fecha17 Enero 2019
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA


LUIS GUILLERMO SALAZAR OTERO Magistrado Ponente



STP357-2019

Radicación n° 101967

Acta 7


Bogotá, D.C., diecisiete (17) de enero de dos mil diecinueve (2019).

ASUNTO


Resolver la impugnación presentada por W.L.U.P., respecto del fallo proferido el 2 de noviembre de 2018 por la Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cúcuta, a través del cual negó la acción de tutela instaurada contra la Dirección Seccional de F. de Norte de Santander, por la presunta vulneración de su derecho fundamental de petición.

  1. LA DEMANDA

Afirma el accionante que el 24 de septiembre de 2018 radicó ante la Fiscalía General de la Nación, S.C., derecho de petición con el fin de obtener la siguiente información:


“¿Cuántas desapariciones forzadas acaecidas en Cúcuta y su área metropolitana han sido denunciadas durante el periodo que comprende el 01 de enero de 2017 hasta la fecha actual -19 de septiembre de 2018? ¿En qué municipios acaecieron? (información disgregada mes a mes).”


Asegura que, para el momento de radicar la presente acción constitucional, la referida entidad estatal no había resuelto su solicitud, ello pese a haber trascurrido el término para cumplir con su obligación.


2. EL FALLO IMPUGNADO


La Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cúcuta negó el amparo deprecado, luego de corroborar que el organismo demandado había dado respuesta a la solicitud presentada por el accionante mientras se surtía el trámite de tutela, de modo que se configuraba la existencia de un hecho superado.


3. LA IMPUGNACIÓN


El accionante impugnó el fallo de primera instancia con miras a lograr su revocatoria, tras considerar que, si bien se le había entregado una respuesta, la misma no era de fondo, toda vez que no se le proporcionaron todos los datos requeridos bajo el argumento de que era una labor muy dispendiosa y el despacho tenía una carga laboral que le impedía realizar una selección de información como la deprecada.

Así las cosas, solicitó la revocatoria del fallo impugnado, para en su lugar acceder al amparo constitucional y disponer el suministro de una respuesta en los términos requeridos en el derecho de petición.


4. CONSIDERACIONES


1. De conformidad con lo establecido por los artículos 32 del Decreto 2591 de 1991 y 2.2.3.1.2.1 del Decreto 1983 de 2017...

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