SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA nº T 4100122140002018-00164-01 del 24-01-2019 - Jurisprudencia - VLEX 842089080

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA nº T 4100122140002018-00164-01 del 24-01-2019

Sentido del falloCONFIRMA NIEGA TUTELA
EmisorSALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA
Fecha24 Enero 2019
Número de expedienteT 4100122140002018-00164-01
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - PRIMERA INSTANCIA
Número de sentenciaSTC432-2019
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

ARIEL SALAZAR RAMÍREZ

Magistrado ponente


STC432-2019

Radicación n.° 41001-22-14-000-2018-00164-01

(Aprobado en sesión de veintitrés de enero de dos mil diecinueve)


Bogotá, D. C., veinticuatro (24) de enero de dos mil diecinueve (2019).


Decide la Corte la acción de tutela que M.C.C.N., promueve contra el Juzgado Primero Civil del Circuito de Neiva y el Juzgado Único Promiscuo Municipal de Yaguara, trámite al que fueron vinculados los intervinientes del proceso objeto de la queja.

I. ANTECEDENTES


  1. La pretensión


La accionante solicita el amparo de los derechos fundamentales al debido proceso, a la igualdad y al acceso a la administración de justicia, los cuales estima vulnerados por los accionados, al proferir Sentencia que le ordenó la restitución de inmueble, con una indebida valoración probatoria dentro del proceso seguido en su contra, en especial cuando se practicaron pruebas sin su presencia.


Pretende en consecuencia, que el Juez de segunda instancia, deje sin efectos la referida decisión y en su lugar sean tenidos en cuenta los medios probatorios para declarar que no existió contrato de arrendamiento entre las partes del litigio.


B. Los hechos


1. L.M.C.C., promovió demanda de restitución de inmueble arrendado en contra de M.Á.L. y la accionante, para que se declarara terminado el contrato de arrendamiento verbal celebrado el 1 de agosto de 2009, por incumplimiento en el pago de canon.


2. El conocimiento del asunto correspondió al Juzgado Único Promiscuo Municipal de Yaguara, quien en auto del 27 de mayo de 2016 admitió la demanda y ordenó la notificación de los demandados.


3. El 18 de mayo de 2018, el Juzgador llevó a cabo audiencia inicial, pese a la no comparecencia de la aquí accionante, declaró precluida la etapa probatoria, y fijó fecha para continuar con las alegaciones. (Folio 26 c.1)


4. El 13 de junio de 2018, se aceptó excusa por inasistencia y el tutelante solicitó nulidad de lo actuado en dicha diligencia, tras suponer quebrantados sus derechos.


5. Tal solicitud fue negada por el Juez de instancia por considerar que actuó conforme a la ley y por lo anterior, interpuso recurso de apelación, el cual conoció el Juzgado Primero Civil del Circuito de Neiva.


6. En providencia del 17 de julio de 2018, lo declaró inadmisible por tratarse de un proceso de única instancia.


7. En virtud de lo anterior, mediante Proveído del 2 de octubre de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR