SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº T 85875 del 20-08-2019
Sentido del fallo | CONFIRMA NIEGA TUTELA |
Emisor | SALA DE CASACIÓN LABORAL |
Número de expediente | T 85875 |
Número de sentencia | STL12367-2019 |
Tribunal de Origen | CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA |
Tipo de proceso | ACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA |
Fecha | 20 Agosto 2019 |
JORGE LUIS QUIROZ ALEMÁN
Magistrado ponente
STL12367-2019
Radicación n.° 85875
Acta n.º 29
Bogotá, D. C., veinte (20) de agosto de dos mil diecinueve (2019).
La Sala resuelve la impugnación interpuesta por el representante legal de ABOGADOS ACTIVOS S.A.S., contra la decisión del 10 de julio de 2019 proferida por la SALA CIVIL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA dentro de la acción de tutela promovida contra la UNIDAD DE REGISTRO NACIONAL DE ABOGADOS Y AUXILIARES DE LA JUSTICIA DEL CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA y la DIRECCIÓN EJECUTIVA SECCIONAL DE ADMINISTRACIÓN JUDICIAL DE CALI.
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ANTECEDENTES
La sociedad gestora del resguardo instauró acción de tutela con el propósito de obtener el amparo de sus derechos fundamentales al debido proceso, defensa, igualdad y acceso a la administración de justicia, presuntamente vulnerados por el extremo accionado.
En síntesis, comentó que se inscribió en la convocatoria para conformar la lista de auxiliares de la justicia, en el cargo de “Secuestre Categoría 3” para el periodo 2019-2021, en la ciudad de Cali; que la Dirección Ejecutiva Seccional de Administración Judicial de dicha urbe, no la admitió en dicho listado por no haber cumplido con el requisito de “EXPERIENCIA”, decisión confirmada por la Unidad de Registro Nacional de Abogados y Auxiliares de la Justicia del Consejo Superior de la Judicatura, bajo el argumento de no demostrarse solvencia económica y por allegar nueva documentación, determinación de la cual discrepa, en tanto considera que reúne los requisitos de la convocatoria y hacer parte de las listas en años anteriores.
Por lo que solicitó a través del mecanismo preferente, se ordene a la convocada:
«[…] Que en el término de 48 horas se sirva proferir un pronunciamiento correcto al declarar como ADMITIDA NUESTRA SOCIEDAD.». (Mayúsculas originales)
La Sala Civil de esta Corporación avocó el conocimiento de la acción de tutela en auto del 3 de julio de 2019, ordenó notificar al extremo accionado y vinculó a quienes fueron admitidos como auxiliares de la justicia-secuestre categoría 3, en la ciudad de Cali.
La Unidad de Registro Nacional de Abogados y Auxiliares de la Justicia del Consejo Superior de la Judicatura dijo que sobre el argumento esbozado en la tutela por el representante legal de la sociedad accionante, tanto las Direcciones Ejecutivas Seccionales de Administración Judicial...
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