SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº T 87443 del 11-12-2019
Sentido del fallo | CONFIRMA NIEGA TUTELA |
Emisor | SALA DE CASACIÓN LABORAL |
Fecha | 11 Diciembre 2019 |
Número de expediente | T 87443 |
Tribunal de Origen | CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA |
Tipo de proceso | ACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA |
Número de sentencia | STL16956-2019 |
CLARA C.D.Q.
Magistrada Ponente
STL16956-2019
Radicación nº 87443
Acta 45
Bogotá, D.C., once (11) de diciembre de dos mil diecinueve (2019).
La Sala resuelve la impugnación que interpuso LINA JHOBANA PÉREZ MÉNDEZ contra el fallo proferido el 7 de noviembre de 2019 por la SALA CIVIL de esta Corporación, dentro de la acción de tutela que la recurrente adelanta contra la SALA CIVIL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ, trámite al cual se vincularon las partes dentro del proceso que dio origen a la presente acción.
- ANTECEDENTES
LINA JHOBANA PÉREZ MÉNDEZ instauró acción de tutela con el propósito de obtener el amparo de sus derechos fundamentales al DEBIDO PROCESO y ACCESO A LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA, presuntamente vulnerados por la autoridad accionada.
Refirió la proponente que adquirió el inmueble identificado con matrícula inmobiliaria n.° 50C-1495956, por sucesión de su difunto padre, Fabio Orlando Pérez Gómez. Agregó que desde el fallecimiento del aludido causante, ha requerido a H.S.S., quien habita el lugar, para que le entregue dicho predio; sin embargo, esta siempre se ha negado a proceder de conformidad.
Informó que S.S. instauró proceso de pertenencia en su contra, a fin que se declarara dueña del referido inmueble, trámite que se adelantó ante el Juzgado Primero Civil del Circuito de Bogotá.
Narró que el 27 de febrero de 2019 el juzgado de conocimiento emitió sentencia desestimatoria; decisión que apeló la entonces demandante ante la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de esta ciudad, Colegiado que en fallo de 22 de agosto de la presente anualidad, revocó la determinación de primer grado y, en su lugar, accedió a la pretensión prescriptiva de dominio.
Cuestionó que el ad quem erró al valorar los elementos de juicio allegados al proceso, por cuanto ellos respaldaban, con suficiencia, sus argumentos defensivos relativos a la mera condición de tenedor del extremo activo.
Con base en los hechos narrados, solicitó el amparo de sus derechos fundamentales y, como consecuencia de ello, se ordene a la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá dejar sin valor y efecto la providencia de 22 de agosto de 2019 «por cuanto el mismo no evaluó la totalidad de la prueba obrante en el proceso, razón por la cual se deberán negar las pretensiones de la demanda instaurada por Herminia Saldaña Soto».
Mediante proveído de 25 de octubre de 2019 la Sala de Casación Civil admitió la acción de tutela, ordenó notificar a la parte accionada y a las partes y...
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