SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 107728 del 19-11-2019 - Jurisprudencia - VLEX 842332379

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 107728 del 19-11-2019

Sentido del falloCONFIRMA NIEGA TUTELA
EmisorSala de Casación Penal
Número de expedienteT 107728
Fecha19 Noviembre 2019
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Penal de Villavicencio
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
Número de sentenciaSTP15804-2019



PATRICIA SALAZAR CUÉLLAR Magistrada ponenteSTP15804-2019 Radicación N°. 107728 Acta 308



Bogotá, D. C., diecinueve (19) de noviembre de dos mil diecinueve (2019).



VISTOS



Se pronuncia la Sala sobre la impugnación instaurada por ANDERS CAVIEDES PEINADO, a través de apoderado, frente al fallo proferido el 8 de octubre de 2019 por la SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE VILLAVICENCIO, mediante el cual negó las pretensiones de la demanda de tutela formulada contra el JUZGADO SEGUNDO PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO DE VILLAVICENCIO y otros, por la presunta vulneración de sus derechos fundamentales.



ANTECEDENTES



Así los expuso la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Villavicencio:

El 1º de febrero de 2019, el Juzgado Segundo Penal del Circuito Especializado de Villavicencio dictó sentencia condenatoria anticipada en contra del señor ANDERS CAVIEDES PEINADO y le impuso una pena privativa de la libertad de 36 meses, multa de mil salarios mínimos legales mensuales y las correspondientes penas accesorias, como coautor del delito de concierto para delinquir agravado, dentro del proceso radicado No. 50001 31 07 002 2017 00306 00.


La condena estuvo fundamentada en: (i) la inclusión del procesado en la lista de desmovilizados de las autodefensas AUC, Bloque Centauros, que operaba en los departamentos del Meta, Vichada y G., presentada al Alto Comisionado para la Paz; (ii) la presentación voluntaria del implicado el 3 de abril de 2006 en la Inspección de Casibare; (iii) la indagatoria que rindió ante la Fiscalía en la cual confesó su pertenencia por 17 meses, como patrullero, a las autodefensas Bloque Centauros frente Héroes del Llano; y (iv) su vinculación y desmovilización de esa organización criminal que registra el sistema de información SIR de la Agencia para la Reincorporación y Normalización, ARN.


Le fue negado el subrogado de la condena condicional en razón a que -dice el fallo-, "mediante oficio 0FI17-033898/JMSC 5202023 del 16 de noviembre de 2017 suscrito por Diego Fernando Flórez Corso, Subdirector de Gestión Legal, se informa que el señor ANDERS CAVIEDES PEINADO se encuentra con "pérdida de beneficios" en el proceso de reintegración, declarada a través de acto administrativo del 31/10/2008, por lo cual no procede concederle la suspensión condicional de la ejecución de la pena y de las penas accesorias".


Se dispuso que una vez quedara en firme la condena, se librara orden de captura en su contra, pues al momento de definir su situación jurídica, no se le impuso medida de aseguramiento.


Esta decisión fue notificada personalmente el 7 de febrero de 2019 a la Fiscalía y al Ministerio Público. A la defensora de oficio se notificó vía correo electrónico, el 5 del mismo mes.


El sentenciado fue notificado por edicto, fijado del 11 al 13 de febrero.


Se advierte en relación con la notificación de este último, que el 5 de febrero cuando se envió el correo electrónico a su defensora, también se dispuso librar despacho comisorio a los juzgados penales del...

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