SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº T 88903 del 20-05-2020 - Jurisprudencia - VLEX 844874604

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº T 88903 del 20-05-2020

Sentido del falloREVOCA NIEGA TUTELA
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
Fecha20 Mayo 2020
Número de expedienteT 88903
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Laboral de Santa Marta
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
Número de sentenciaSTL3503-2020
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA


OMAR ÁNGEL MEJÍA AMADOR

Magistrado Ponente



STL3503-2020

Radicación n.° 88903

Acta 17


Bogotá, D. C., veinte (20) de mayo de dos mil veinte (2020).


La Sala resuelve la impugnación que interpuso la YOSEF ROTHSCHIL ACKERMANN contra el fallo proferido el 4 de mayo de 2020 por la SALA LABORAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTA MARTA, dentro de la acción de tutela que adelanta la parte recurrente contra la PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA, el BANCO DE COMERCIO EXTERIOR DE COLOMBIA S.A. (BANCOLDEX), el BANCO DE LAS MICROFINANZAS (BANCAMÍA S.A.), el BANCO AGRARIO DE COLOMBIA S.A. (BANAGRARIO), el BANCO WWB S.A. (BANCO W S.A.), el BANCO SEFINANZA S.A. y el BANCO BOGOTÁ.


  1. ANTECEDENTES


Yosef Rothschil Ackermann instauró acción de tutela con el propósito de obtener el amparo de los derechos fundamentales a la vida, al trabajo, salud, dignidad humana y «derechos económicos», presuntamente vulnerados por las autoridades y entidades convocadas.


En lo que interesa al presente trámite constitucional, refirió que, con ocasión de la pandemia Covid-19, el Presidente de la República expidió el Decreto 417 de 17 de marzo de 2020 mediante el cual declaró el Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica y, posteriormente, en Decreto 457 de 22 de marzo de 2020 ordenó el aislamiento obligatorio.


Sostuvo que invirtió todo su capital en el Grupo Rothschild Nexo Agua y Energías S.A.S., sociedad que registró el 17 de marzo de 2020, y que, para el 20 de marzo siguiente, ya tenía las primeras ventas.


Destacó que el Gobierno Nacional ha emitido diferentes decretos y resoluciones a fin de garantizar créditos a los microempresarios, tales como, pago de nómina, seguridad social, arriendos, los cuales, en su sentir, son avalados por Bancoldex y Fogafín.


Agregó que intentó radicar derechos de peticiones ante las entidades bancarias accionadas; sin embargo, estas le manifestaron que no había personal administrativo que estuviera autorizado para la recepción de los mismos.


Puntualizó que no cuenta con trabajo y que tiene a su cargo tres personas: «un menor de edad lactante mayor (sic) y una señora de la tercera edad de 82 años de edad».


De conformidad con lo anterior, solicitó el amparo de las prerrogativas constitucionales invocadas y, en consecuencia, se le concedan las ayudas económicas decretada por Gobierno Nacional, esto es, «crédito bancario como persona natural y jurídica bajo la modalidad bancoldex y fogafin».


II. TRÁMITE Y DECISIÓN DE INSTANCIA


Mediante proveído de 22 de abril de 2020, la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de S.M. admitió la acción de tutela, ordenó notificar a las...

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