SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA nº T 1100122030002019-01478-01 del 12-09-2019
Emisor | SALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA |
Sentido del fallo | CONFIRMA NIEGA TUTELA |
Fecha | 12 Septiembre 2019 |
Número de expediente | T 1100122030002019-01478-01 |
Tribunal de Origen | Tribunal Superior Sala Civil de Bogotá |
Tipo de proceso | ACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA |
Número de sentencia | STC12342-2019 |
ARIEL SALAZAR RAMÍREZ
Magistrado ponente
STC12342-2019
Radicación n.° 11001-22-03-000-2019-01478-01
(Aprobado en sesión de once de septiembre de dos mil diecinueve)
Bogotá, D. C., doce (12) de septiembre de dos mil diecinueve (2019).
La Corte decide la impugnación formulada contra el fallo proferido el catorce de agosto de dos mil diecinueve por la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, en la acción de tutela que Seguridad Atempi Ltda. promovió contra los Juzgados Treinta y Seis y, Treinta y Siete Civil del Circuito de la misma ciudad; trámite al que se ordenó vincular a todas las autoridades judiciales, partes e intervinientes en el proceso objeto de la queja constitucional.
ANTECEDENTES
A. La pretensión
En el libelo que dio origen a la presente acción, la sociedad accionante solicitó el amparo de su derecho fundamental al debido proceso, que considera vulnerado por las autoridades accionadas, debido a que con ocasión del proceso de responsabilidad civil interpuesto en su contra no le han sido entregados los oficios de desembargo, pese a que el auto que decretó la medida cautelar se declaró nulo.
Por tal motivo, pretende que se ordene «a las entidades accionadas, esto es, a los JUZGADOS 36 Y 37 CIVILES DEL CIRCUITO DE BOGOTÁ disponer la entrega a SEGURIDAD ATEMPI LTDA. de los oficios de desembargo y realizar la conversión de los títulos judiciales de forma inmediata».
B. Los hechos
1. Orlando Nova, S.E.S., A.J.N.S., Sindy Marcela Nova Sichaca y M. de los Santos Sichaca Ávila instauraron demanda de responsabilidad civil extracontractual, en contra de H.M., Seguridad Atempi Ltda –aquí tutelante- y Mapfre Seguros Generales de Colombia el 30 de octubre de 2017; asunto cuyo conocimiento correspondió al Juzgado Treinta y Seis Civil del Circuito de Bogotá (radicado nº 2017-00706).
2. Mediante proveído del 6 de febrero de 2018, se admitió dicha demanda.
3. El 28 de febrero de 2019, se decretó el embargo y retención de los dineros que ostentaba la reclamante en sus cuentas de ahorro, limitando la medida a $270.000.000.000.; suma que fue corregida a través de providencia del 11 de abril siguiente, en el que se estableció que tal tope ascendía a $270.000.000.
4. En ésta última fecha, se notificó la gestora del amparo, quien formuló recurso de reposición en contra del auto que ordenó la mencionada medida cautelar, el cual fue revocado por medio de providencia del 23 de dicho mes y año; determinación que fue objeto de reposición y, en subsidio apelación por parte del extremo demandante.
5. No obstante, el 30 de mayo del presente año se declaró la nulidad de todo lo actuado a partir del 25 de octubre de 2018, con fundamento en lo normado en los artículos...
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