SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 112340 del 15-09-2020
Sentido del fallo | NIEGA TUTELA |
Emisor | Sala de Casación Penal |
Fecha | 15 Septiembre 2020 |
Número de expediente | T 112340 |
Tipo de proceso | ACCIÓN DE TUTELA - PRIMERA INSTANCIA |
Número de sentencia | STP8187-2020 |
JOSÉ FRANCISCO ACUÑA VIZCAYA
Magistrado Ponente
STP8187-2020
Radicación n.° 112340
(Aprobación Acta No. 194)
Bogotá D.C., quince (15) de septiembre de dos mil veinte (2020)
VISTOS
Resuelve la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, Sala de Decisión de Tutelas, la acción interpuesta por HUGO ARMANDO NARANJO GONZÁLEZ, contra la Sala Penal del Tribunal Superior de Antioquia y el INPEC, con ocasión al proceso penal con radicado 051546100191201580066 (en adelante, proceso penal 2015-80066).
ANTECEDENTES
Y
FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN
El ciudadano HUGO ARMANDO NARANJO GONZÁLEZ solicita el amparo de sus derechos fundamental a la salud y a la vida, los cuales considera vulnerado por los accionados, ya que a la fecha no se han tomado los correctivos necesarios para prevenir el contagio por COVID-19, por lo tanto, solicita vía tutela que se sustituya su medida de aseguramiento actual por la prisión domiciliaria.
Narró que, es una persona de edad avanzada (81 años), con quebrantos de salud, y ante la actual pandemia está demostrado que las personas de su edad, se encuentran en mayor riesgo de mortalidad de llegar a contagiarse; además, se encuentra en estado grave de salud, ya que en el 2003 sufrió TBC pulmonar, quedando con deficiencia pulmonar respiratoria.
RESPUESTA DE LAS AUTORIDADES ACCIONADAS Y VINCULADAS
1.- La Sala Penal del Tribunal Superior de Antioquia manifestó que, le correspondió por reparto, del 20 de febrero de 2020, el estudio en segunda instancia del proceso penal 2015-80066, que por los delitos de actos sexuales con menor de 14 años, el Juzgado Penal del Circuito de Caucasia profirió sentencia condenatoria del 23 de enero de 2020.
Aseveró que, por parte de su despacho no se ha recibido petición alguna elevada por el accionante correspondiente a una solicitud de sustitución de detención preventiva en establecimiento carcelario por la domiciliaria o solicitud de prisión domiciliaria debido a su estado de salud y a la actual emergencia carcelaria.
2.- Las demás autoridades accionadas guardaron silencio en el presente trámite constitucional.
CONSIDERACIONES DE LA SALA
De conformidad con lo previsto en el artículo 37 del Decreto 2591 de 1991 y el numeral 8 del artículo 2.2.3.1.2.1 del Decreto 1069 de 2015, modificado por el artículo 1 del Decreto 1983 de 2017, esta Sala es competente para resolver la acción de tutela impuesta por HUGO ARMANDO NARANJO GONZÁLEZ, contra la Sala Penal del Tribunal Superior de Antioquia y el INPEC, con ocasión al proceso penal 2015-80066.
ANÁLISIS DEL CASO CONCRETO.
La acción de tutela se centra en un punto específico: determinar si la solicitud de amparo presentada por H.A.N.G., se encuentra entre una de las excepciones del requisito de subsidiariedad de la acción de tutela.
El estudio en esta instancia se centrará en el mencionado supuesto, debido a que el actor todavía tiene a su disposición los mecanismos ordinarios para obtener su pretensión, a saber, la solicitud de sustitución de detención preventiva en establecimiento carcelario por la domiciliaria o solicitud de prisión domiciliaria debido a su estado de salud y a la actual emergencia carcelaria.
La jurisprudencia de la Corte...
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