SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 112738 del 15-10-2020
Sentido del fallo | CONFIRMA NIEGA TUTELA |
Emisor | Sala de Casación Penal |
Número de sentencia | STP9412-2020 |
Número de expediente | T 112738 |
Tribunal de Origen | Tribunal Superior Sala Penal de Neiva |
Tipo de proceso | ACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA |
Fecha | 15 Octubre 2020 |
STP9412-2020
Radicación n.° 112738
Acta 215
Bogotá, D.C., quince (15) de octubre dos mil veinte (2020).
Se decide la impugnación presentada por Miller Garzón, contra el fallo proferido el 2 de septiembre del año en curso, por la Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior de Neiva, que declaró improcedente la tutela interpuesta en protección de sus derechos fundamentales al debido proceso y a la dignidad humana, presuntamente vulnerados por los Juzgados Cuarto de Ejecución de Penas y Medidas y Segundo Penal del Circuito Especializado, ambos de la misma ciudad.
ANTECEDENTES
HECHOS Y FUNDAMENTOS
Los sucesos que motivaron la solicitud de amparo constitucional y las pretensiones del demandante, fueron reseñados por la Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior de Neiva de la forma como sigue:
Sostiene el accionante que mediante auto calendado el doce (12) de febrero de 2020, el Juzgado Cuarto de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Neiva, le negó la libertad condicional, decisión contra la que interpuso recurso de apelación, siendo confirmada por el Juzgado Segundo Penal del Circuito Especializado de Neiva.
Estima que los juzgados accionados desconocen precedente jurisprudencial referente a la concesión del referido mecanismo sustitutivo de la pena.
Por lo anterior, solicita el amparo a sus derechos fundamentales al debido proceso y dignidad humana, y en consecuencia se deje sin efectos el auto del nueve (09) de junio de 2020 mediante el cual, el Juzgado Segundo Penal del Circuito Especializado de Neiva confirmó la negativa a concederle la libertad condicional.
Adicionalmente aclaró que su real pretensión no es “lograr el acceso al subrogado”, sino que el referido despacho judicial, que fungió como juez de segunda instancia, emita nuevo pronunciamiento.
DEL FALLO RECURRIDO
La Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Neiva denegó por improcedente la actual tutela, por considerar que existe duplicidad de acciones de tutela y, en esa medida, sus pretensiones ya fueron resueltas por otro juez colegiado constitucional.
Lo anterior, teniendo en cuenta que la Sala Tercera de Decisión Penal de la misma Corporación, 3 de julio de este año, dictó una sentencia de tutela dirigida contra los mismos despachos judiciales, con identidad de hechos y pretensiones, pues su fin, al igual que ésta...
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