SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA nº T 7600122030002020-00229-01 del 05-11-2020 - Jurisprudencia - VLEX 852014423

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA nº T 7600122030002020-00229-01 del 05-11-2020

Sentido del falloCONFIRMA NIEGA TUTELA
EmisorSALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA
Número de expedienteT 7600122030002020-00229-01
Número de sentenciaSTC9614-2020
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Civil de Cali
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
Fecha05 Noviembre 2020



OCTAVIO AUGUSTO TEJEIRO DUQUE

Magistrado ponente


STC9614-2020

Radicación nº 76001-22-03-000-2020-00229-01

(Aprobado en sesión de cuatro de noviembre de dos mil veinte)


Bogotá, D.C., cinco (5) de noviembre de dos mil veinte (2020).


Se desata la impugnación formulada por W.M.F. contra el fallo proferido el 15 de octubre de 2020 por la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali, en la salvaguarda que le instauró al Juzgado Quince Civil del Circuito de esa ciudad, extensiva a los partícipes en el decurso objeto de la queja.


ANTECEDENTES


1.- El gestor exigió la protección de su prerrogativa al «debido proceso» en la tutela que le interpuso a la Alcaldía Municipal de Jamundí – Valle y la Secretaría de Gestión Institucional (2020-318), arguyendo que el estrado convocado incurrió en fraude en la sentencia de segunda instancia porque no tuvo en cuenta el escrito de alzada, ya que allí indicó: «el accionante impugna el fallo sin presentar argumentos adicionales a los presentados en el escrito de tutela», y que le vulneró el «derecho de petición» porque no se pronunció frente al requerimiento a la entidad accionada para que allegara «el acta de posesión No. 35-01-0278 (16 jul. 2020) con la cual se posesionó a la señora M.L.C..»., que estaba inmersa en la opugnación.


2.- El Juzgado Quince Civil del Circuito de Cali resaltó la improcedencia de la acción porque las inconformidades planteadas pueden debatirse ante la jurisdicción contencioso administrativa y afirmó que sí tuvo en cuenta el escrito arrimado, solo que en el proveído se dijo que, «en este, el interesado reiteró los argumentos presentados inicialmente en el libelo introductorio».


El Promiscuo Municipal de Jamundí defendió la legalidad de su proceder, en el que no quebrantó garantía fundamental alguna.


Luz Mery Lugo Carvajal pidió la desestimación del ruego y afirmó que «el actor está incurriendo en temeridad» porque lo discutido en el compulsivo 2020-318 corresponde a los mismos hechos de la guarda n°2020-140, resuelta por el Juzgado Dieciocho Civil del Circuito de Cali.


FALLO DE PRIMER GRADO Y SU IMPUGNACIÓN


El Tribunal de Cali denegó el auxilio por no hallar reunidos los presupuestos establecidos para la pertinencia de la «tutela contra tutela».

El impulsor replicó aseverando que el veredicto atacado por esta vía, carece de congruencia, debido a...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR